RECTIFICACION, Acuerdo Nº 058-2016-MPM-CM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA - .-RECTIFICACION-Acuerdo Nº 058-2016-MPM-CM
Fecha de publicación | 26 Octubre 2016 |
Fecha de disposición | 26 Octubre 2016 |
602649
NORMAS LEGALES
Miércoles 26 de octubre de 2016
El Peruano
/
Excepcionalmente, considerando la condición socio-
económica del infractor y en aplicación del principio
de razonabilidad y proporcionalidad, la Gerencia de
Fiscalización Administrativa, a solicitud del infractor y
con conocimiento de la Alta Dirección, podrá aplicar
descuentos mayores a los establecidos en el presente
Artículo, el mismo que tiene un carácter social.
Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará
en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en
el Diario Ocial El Peruano.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de
Fiscalización Administrativa, el cumplimiento de la
presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal,
Secretaría Municipal y a la Sub Gerencia de Informática,
la publicación de la presente Ordenanza, en la página
web de la Corporación Edil, cuya dirección electrónica es:
www.munirimac.gob.pe.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal del Rímac, a los 10 días
del mes de octubre del año dos mil dieciséis.
ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ
Alcalde
1445920-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CAJAMARCA
Designan funcionario responsable de
remitir ofertas de empleo al Programa Red
Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 281-2016-A-MPC
Cajamarca, 26 de setiembre de 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CAJAMARCA
VISTO:
La Resolución de Alcaldía Nº 172-2016-A-MPC,
de fecha 17 de mayo del 2016; el Informe Nº
783-2016-OGGRRHH-MPC, de fecha 26 de septiembre;
y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194º de la
Constitución Política del Perú, modicado por la Ley de
Reforma de la Constitución Política del Perú, Ley Nº
30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar
de la Ley Orgánica de Municipalidades; la Municipalidad
Provincial de Cajamarca es un órgano de gobierno local.
Tiene autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia.
Que, mediante Ley Nº 27736, Ley para Transmisión
Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, establece que el
Instituto de Radio y Televisión del Perú, mediante Radio
Nacional del Perú y Canal 7, programará en horario que
considere conveniente su Directorio, avisos de servicio
público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos
y privados.
Que, el Artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº
27736, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2004-
TR, establece que: Todo organismo público y empresa
del Estado está obligada a remitir al Programa Red Cil
Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan
previsto concursar. Están excluidas de esta obligación de
concursar y remitir la oferta, los puestos clasicados como
de conanza conforme las reglas de la normatividad laboral
pública vigente… Los organismos públicos y empresas del
Estado designarán al funcionario responsable de remitir
las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación
debe realizarse mediante resolución del titular de la
entidad publicada en el Diario Ocial El Peruano.
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº
172-2016-A-MPC, se designó al Abogado Walter Ernesto
Noriega Soto, en el cargo de conanza de Director de la
Ocina General de Gestión de Recursos Humanos de la
Municipalidad Provincial de Cajamarca, a partir del 19 de
Mayo del 2016, con las atribuciones y responsabilidades
que dicho cargo amerita.
Que, en el Modelo de Convocatoria para la Contratación
Administrativa de Servicios – CAS, aprobada por el
artículo 2º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº
107-2011-SERVIR/PE, vigente a partir del 02 de enero del
2012, se establece la obligación de la publicación de los
procesos para la contratación administrativa de servicios
en el Servicio Nacional del Empleo.
Que, la designación debe recaer en el Abogado
Walter Ernesto Noriega Soto, con las funciones y
responsabilidades inherentes al cargo de Director de
la Ocina General de Gestión de Recursos Humanos
de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, por ser el
área competente de gestionar el recurso humano en la
Municipalidad Provincial de Cajamarca.
Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo
dispuesto por el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Nº
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR al Abogado Walter
Ernesto Noriega Soto - Director de la Ocina General
de Gestión de Recursos Humanos, para que a partir
del 26 de septiembre del 2016, asuma las funciones y
responsabilidades inherentes al cargo, como responsable
de remitir las ofertas de empleo a las instancias señaladas
en el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR y en la Resolución
de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE,
cuando corresponda.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Ocina
de Secretaría General, la publicación de la presente
Resolución, en el Diario Ocial “El Peruano”; y a la Unidad
de informática y Sistemas, la publicación en la Página
Web de la Municipalidad Provincial de Cajamarca.
Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO todo acto
administrativo que se oponga a la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MANUEL ANTENOR BECERRA VILCHEZ
Alcalde Provincial
1445812-1
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE MOYOBAMBA
RECTIFICACIÓN
Se rectica la sumilla del Acuerdo de Consejo
Nº 058-2016-MPM-CM de la Municipalidad Provincial de
Moyobamba, publicada en la edición del 19 de octubre de
2016, en los términos siguientes:
“Aprueban la inmatriculación de inmueble ubicado en
el distrito y provincia de Moyobamba”
1446163-1
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