ORDENANZA, Nº 013-2016/MDPN, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA - Autorizan celebración de Primer Matrimonio Civil Comunitario 2016-ORDENANZA-Nº 013-2016/MDPN

Fecha de publicación22 Octubre 2016
Fecha de disposición29 Septiembre 2016

Punta Negra, 29 de Setiembre del 2016

EL ALCALDE LA MUNICIPAL DEL DISTRITAL DE

PUNTA NEGRA

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Punta Negra, en Sesión Ordinaria N° 17 de Concejo de la fecha, y;

VISTO:

El Informe N° 24-2016 SGRC/MDPN, referente al Proyecto de Ordenanza Municipal sobre la celebración del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2016.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 248 del Código Civil, establece que quienes pretenden contraer matrimonio lo declaran oralmente o por escrito ante el Alcalde Provincial o Distrital del domicilio de cualquiera de ellos precisando los requisitos, así mismo al artículo 252 del Código Civil, señala que la autoridad municipal puede dispensar de la publicación de avisos matrimoniales.

Que es función específica de los Gobiernos Locales en materia de población y participación vecinal fomentar su bienestar, siendo de su competencia organizar y administrar la presentación de los servicios públicos esenciales, como es el caso de Registro Civil.

Que dentro de este contexto, a través de la Sub Gerencia de Registro Civil, solicita mediante Informe N° 24-2016-SGRC/MDPN de fecha 09 de Setiembre de año 2016, la aprobación para realizar el “Primer Matrimonio Civil Comunitario 2016, programado para el día 19 de Noviembre del presente año, a horas 11.00 a.m...

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