ORDENANZA, Nº 490-MDR, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DEL RIMAC - Modifican diversos artículos del Reglamento General de Espectáculos Taurinos-ORDENANZA-Nº 490-MDR

EmisorMUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Fecha de la disposición18 de Octubre de 2016
601882 NORMAS LEGALES Martes 18 de octubre de 2016 /
El Peruano
POR TANTO:
De conformidad con lo establecido en los artículos
16º, 21º Inc. o), 37º Inc. a) y 38º de la Ley Nº 27867 – Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modicatorias, las
Leyes Nºs. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053,
concordante con el Inc. o) del Artículo 13º del Reglamento
de Organización y Funciones del Gobierno Regional
de Loreto, aprobado mediante Ordenanza Regional
Nº 002-2010-GRL-CR de fecha 08 de Enero de 2010.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
FERNANDO MELENDEZ CELIS
Gobernador Regional
1442066-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Modifican diversos artículos del Reglamento
General de Espectáculos Taurinos
ORDENANZA Nº 490-MDR
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RIMAC
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha
10 de octubre de 2016, Informe Nº 012-2016-MDR-GECT-
MDR de fecha 06 de octubre de 2016 de la Gerencia de
Educación, Cultura y Turismo, Memorando Nº 1388-2016-
GM/MDR de fecha 07 de octubre de 2016 de la Gerencia
Municipal, Informe Nº 602-2016-GAJ-MDR de fecha 07 de
octubre de 2016 de la Gerencia de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades, señala que los gobiernos locales
gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia; autonomía que se
encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú
y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración, con sujeción al
ordenamiento jurídico vigente;
Que, mediante Informe Nº 012-2016-MDR-GECT-
MDR de fecha 06 de octubre de 2016 de la Gerencia de
Educación, Cultura y Turismo, emite su opinión técnica,
sustentando y sugiriendo a modicación de los artículos
40º u 81º del Reglamento General de Espectáculos
Taurinos;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del
Informe Nº 602-2016-GAJ-MDR de fecha 07 de octubre
de 2016, señala que el proyecto de modicación de
los artículos 40º y 81º del Reglamento General de
Espectáculos Taurinos, aprobado por Acuerdo de Concejo
Nº 090-99-MDR y raticado mediante Ordenanza Nº 011-
MDR y modicaciones, encuentra asidero legal;
Que, de conformidad con lo establecido en la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con la dispensa
de la lectura y aprobación del acta con el voto unánime de
los señores Regidores, se aprueba lo siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA DIVERSOS LOS
ARTÍCULOS 40º Y 81º DEL REGLAMENTO GENERAL
DE ESPECTÁCULOS TAURINOS
Artículo Primero.- Modicar el segundo párrafo
del artículo 40º y el primer párrafo del artículo 81º del
Reglamento General de Espectáculos Taurinos, aprobado
por Acuerdo de Concejo Nº 090-99-MDR y raticado
mediante Ordenanza 011-MDR y modicaciones,
los mismos que quedarán redactados de las siguiente
manera:
“Artículo 40º. (…)
Dicho Premio será otorgado por el Jurado de la Feria
Taurina del Señor de los Milagros el mismo que estará
integrado por el alcalde de la Municipalidad Distrital del
Rímac, quien lo presidirá: tres (3) regidores elegidos por
el Concejo Municipal, tres (3) abonados sombras, tres (3)
abonados sol, un (1) representante de las Peñas Taurinas,
seis (6) connotados acionados a la Feria Taurina Señor
de los Milagros, designados por el Alcalde, antes del inicio
de la Feria Taurina. (…)
“Artículo 81º. El Alcalde constituirá cada año, un
Consejo Taurino el mismo que estará constituido por
el Alcalde de la Municipalidad Distrital del Rímac quien
lo presidirá, tres (3) regidores elegidos por el Concejo
Municipal y seis (6) asesores designados por el Alcalde
(…)
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en el Local Municipal a los diez días del mes de
octubre.
ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ
Alcalde
1442063-1
REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder
Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general
(normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos
de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una
página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá
ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.
LA DIRECCIÓN

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