RESOLUCION SUPREMA, Nº 354-2016-DE/EP/S-1.a/1-5, PODER EJECUTIVO, DEFENSA - Ascienden a Coroneles al grado de General de Brigada del Ejército del Perú-RESOLUCION SUPREMA-Nº 354-2016-DE/EP/S-1.a/1-5

EmisorDEFENSA
Fecha de la disposición14 de Octubre de 2016
601555
NORMAS LEGALES
Viernes 14 de octubre de 2016
El Peruano
/
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 352-2016-DE/EP/S-1.a/1-5
Lima, 13 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de
los Ociales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del
14 de febrero de 2005 y sus modicatorias, establecen
que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo
de la línea de carrera militar en el personal de Ociales
de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de
los principios rectores y lineamientos prescritos en la
respectiva Ley de Ascensos;
Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Ociales
de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio de
2008, y su modicactoria aprobado por Decreto Supremo
N° 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene
por objeto establecer los principios, etapas, requisitos,
aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos
de Ociales de las Fuerzas Armadas, así como, las
competencias de las Juntas correspondientes;
Que, por Resolución Ministerial Nº 1056-2016-DE/EP
del 06 de octubre de 2016, se declaran las vacantes para el
Proceso de Ascenso 2016, Promoción 2017, del Personal
de Ociales Generales, Superiores y Subalternos del
Ejército del Perú;
Que, mediante la Resolución de la Comandancia
General del Ejército N° 519 A-2. a/02.00 de 07 de octubre
de 2016, se resolvió declarar para el Proceso de Ascensos
2016, Promoción 2017, las vacantes para los Ociales
Generales por Armas y Servicios;
Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior
ha sido formulado por la Junta de Selección para ascenso a
los grados de Ociales Generales, cubriendo las vacantes
declaradas en el grado, en base al cuadro de mérito, el
cual es producto del orden correlativo de la calicación
nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores
de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia,
igualdad de derechos y oportunidades y ética;
Que, el literal “a” del artículo 37° del citado Reglamento
de la Ley de Ascensos de Ociales de las Fuerzas
Armadas, dispone que el ascenso al grado de General de
Brigada será otorgado por Resolución Suprema;
Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para
ascenso a los grados de Ociales Generales.
SE RESUELVE :
Artículo Único .- Ascender con fecha 01 de enero de
2017 por Selección, al grado de General de Brigada al:
CORONEL DE ARTILLERIA
RISCO CARMEN MARIO ENRIQUE
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ
Ministro de Defensa
1441350-15
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 353-2016-DE/EP/S-1.a/1-5
Lima, 13 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de
los Ociales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del
14 de febrero de 2005 y sus modicatorias, establecen que
el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de
la línea de carrera militar en el personal de Ociales de las
Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios
rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de
Ascensos;
Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Ociales
de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio de
2008, y su modicactoria aprobado por Decreto Supremo
N° 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene
por objeto establecer los principios, etapas, requisitos,
aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos
de Ociales de las Fuerzas Armadas, así como, las
competencias de las Juntas correspondientes;
Que, por Resolución Ministerial Nº 1056-2016-DE/EP
del 06 de octubre de 2016, se declaran las vacantes para el
Proceso de Ascenso 2016, Promoción 2017, del Personal
de Ociales Generales, Superiores y Subalternos del
Ejército del Perú;
Que, mediante la Resolución de la Comandancia
General del Ejército N° 519 A-2. a/02.00 de 07 de octubre
de 2016, se resolvió declarar para el Proceso de Ascensos
2016, Promoción 2017, las vacantes para los Ociales
Generales por Armas y Servicios;
Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato
superior ha sido formulado por la Junta de Selección para
ascenso a los grados de Ociales Generales, cubriendo
las vacantes declaradas en el grado, en base al cuadro
de mérito, el cual es producto del orden correlativo de
la calicación nal obtenida, habiéndose aplicado los
principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad
y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y
ética;
Que, el literal “a” del artículo 37° del citado Reglamento
de la Ley de Ascensos de Ociales de las Fuerzas
Armadas, dispone que el ascenso al grado de General de
Brigada será otorgado por Resolución Suprema;
Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para
ascenso a los grados de Ociales Generales.
SE RESUELVE :
Artículo Único.- Ascender con fecha 01 de enero de
2017 por Selección, al grado de General de Brigada al:
CORONEL DE INFANTERIA
ANGULO FLORIAN JULIO CESAR
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ
Ministro de Defensa
1441350-16
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 354-2016-DE/EP/S-1.a/1-5
Lima, 13 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de
los Ofi ciales de las Fuerz as Armadas” y su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del
14 de febrero de 2005 y sus modicatorias, establecen que
el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de
la línea de carrera militar en el personal de Ociales de las
Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios
rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de
Ascensos;
Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Oficiales
de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado
por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio
de 2008, y su modificactoria aprobado por Decreto
Supremo Nº 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre
de 2011, tiene por objeto establecer los principios,
etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que
rigen los ascensos de Oficiales de las Fuerzas
Armadas, así como, las competencias de las Juntas
correspondientes;

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