RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 362-2016-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Crean el Grupo de Trabajo Multisectorial denominado "Grupo de Trabajo multisectorial para la protección de derechos de los indígenas Mashco Piro del río Alto Madre de Dios"-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 362-2016-MC

Fecha de publicación05 Octubre 2016
Fecha de disposición05 Octubre 2016
600752 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de octubre de 2016 /
El Peruano
Ministerio de Cultura para la Secretaría Técnica de dicha
Comisión;
Que, estando al visado del Viceministro de
Interculturalidad, de la Viceministra de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales y de la Directora General de la

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de Creación del
Ministerio de Cultura; y, la Ley N° 27594, Ley que regula
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar al (la) titular de la Dirección de
Políticas Indígenas como representante de la Dirección
General de Ciudadanía Intercultural del Viceministerio de
Interculturalidad y al (la) titular de la Dirección de Patrimonio
Inmaterial como representante de la Dirección General
de Patrimonio Cultural del Viceministerio de Patrimonio
Cultural e Industrias Culturales para la Secretaría
Técnica de la Comisión Multisectorial de naturaleza
permanente para la Salvaguardia y Revalorización de
los Conocimientos, Saberes, y Prácticas Tradicionales y

Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución
  




Ministro de Cultura
1437213-1
Designan Asesor II del Despacho
Viceministerial de Interculturalidad del
Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 361-2016-MC
Lima, 3 de octubre de 2016
Visto, el Memorando N° 000270-2016/VMI/MC del
Despacho Viceministerial de Interculturalidad; y,

Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura
como organismo del Poder Ejecutivo, con personería
jurídica de derecho público;
se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Cultura, el mismo que establece la
estructura orgánica de la entidad y funciones de sus
órganos;
Que, por Resolución Ministerial N° 334-2014-MC se

del Ministerio de Cultura, y mediante Resolución Ministerial
N° 183-2016-MC se aprobó el reordenamiento de cargos
del citado instrumento de gestión, contemplándose
        

Que mediante Resolución Ministerial N° 350-2015-MC
de fecha 2 de octubre de 2015, se designó, a partir del 13

  
Interculturalidad del Ministerio de Cultura;
Que, a través del documento de Visto, se solicita
dar por concluida la referida designación, y se propone
designar en dicho cargo a la señora Lucía Matilde Solís

Que, a través del Informe N° 000329-2016/OGRH/SG/

de Recursos Humanos emite opinión favorable respecto a
la propuesta formulada, indicando que resulta necesario
emitir el acto resolutivo correspondiente;
Con el visado del Viceministro de Interculturalidad, de
    
General de Recursos Humanos, y de la Directora General

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;
y el Decreto Supremo N° 005-2013-MC que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida, a partir del 1 de octubre
       
    
Viceministerial de Interculturalidad del Ministerio de

Artículo 2.- Designar a la señora Lucía Matilde
         
Viceministerial de Interculturalidad del Ministerio de



Ministro de Cultura
1437215-1
Crean el Grupo de Trabajo Multisectorial
denominado “Grupo de Trabajo
multisectorial para la protección de
derechos de los indígenas Mashco Piro del
río Alto Madre de Dios”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 362-2016-MC
Lima, 3 de octubre de 2016
Visto, el Informe N° 000083-2016/DGPI/VMI/MC de
fecha 23 de septiembre de 2016, emitido por la Dirección
General de Derechos de los Pueblos Indígenas, y;

Que, mediante Ley N° 29565, se creó el Ministerio
de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con
personería jurídica, siendo una de las áreas programáticas
de acción sobre las que ejerce su competencia, funciones
y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del
Estado en el Sector Cultura, la pluralidad étnica y cultural
de la Nación;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10
del Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprobó el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Cultura, el Despacho Viceministerial de Interculturalidad
es la autoridad inmediata al Ministro de Cultura en materia
de interculturalidad e inclusión de pueblos indígenas u
originarios y población afroperuana;
Que, el artículo 1 de la Ley N° 28736, Ley para la
Protección de los Pueblos Indígenas u Originarios en

y el artículo 1 del Reglamento de la misma, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 008-2007-MIMDES y
      
señala que el objeto de la normatividad es establecer
un Régimen Especial Transectorial de Protección de
       
peruana, que se encuentren en situación de aislamiento
o en situación de contacto inicial, garantizando sus
derechos a la vida y a la salud, salvaguardando su
existencia e integridad;
Que, de acuerdo al literal a) del artículo 4 de la Ley N°
28736, el Estado garantiza los derechos de los pueblos
indígenas en situación de aislamiento y en situación de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR