RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 335-2016-EF/43, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan viaje de funcionaria a Ecuador, en comisión de servicios-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 335-2016-EF/43

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 5 de Octubre de 2016
600764 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de octubre de 2016 /
El Peruano
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que
se hace referencia en el artículo 1 del presente Decreto
Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad,
a nes distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Del refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por la
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y por el Ministro
de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día
del mes de octubre del año dos mil dieciséis.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas
1437383-2
Autorizan viaje de funcionaria a Ecuador, en
comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 335-2016-EF/43
Lima, 30 de setiembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, el 7 de octubre de 2016, se llevará a cabo el
Encuentro Presidencial entre los Jefes de Estado de las
Repúblicas del Perú y del Ecuador, así como la X Reunión
del Gabinete Binacional de Ministros Perú-Ecuador, en la
ciudad de Macas, República del Ecuador;
Que, el Encuentro Presidencial y la X Reunión del
Gabinete Binacional de Ministros Perú-Ecuador es la
máxima instancia de diálogo político con el Ecuador y
constituye una oportunidad para fortalecer los niveles de
integración y cooperación existentes entre ambos países,
así como avanzar en la identicación y realización de
proyectos en benecio mutuo;
Que, en el marco del mencionado evento el día
6 de octubre de 2016 se tiene previsto la Reunión
de Viceministros, donde se negociará el proyecto de
Declaración Presidencial 2016, el plan de acción y se
aprobará el texto de las exposiciones que realizarán los
Ministros el día 07 de octubre de 2017;
Que, en tal sentido se estima conveniente la
participación de la señora Claudia María Amelia Teresa
Cooper Fort, Viceministra de Economía del Ministerio de
Economía y Finanzas, a n de asegurar la consistencia
de dicho acuerdo internacional, que contendrá temáticas
económicas y nancieras, con la política económica
general;
Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de
la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2016, dispone que, los viajes que se
efectúen en el marco de la negociación de acuerdos
comerciales o tratados comerciales y ambientales,
negociaciones económicas y nancieras y las acciones
de promoción de importancia para el Perú, se autorizan
mediante resolución del titular de la entidad;
Que, en consecuencia, y siendo de interés para el
país, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos
gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del
Ministerio de Economía y Finanzas; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30372,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2016; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización
de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba
las normas reglamentarias sobre autorización de viajes
al exterior de servidores y funcionarios públicos y su
modicatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº
056-2013-PCM; y en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01
– Disposiciones y procedimientos para la autorización
de viajes por comisión de servicios al exterior y en el
territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas
del personal del Ministerio de Economía y Finanzas,
aprobada con Resolución Ministerial N° 069-2015-EF/43
y sus modicatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en
comisión de servicios de la señora Claudia María
Amelia Teresa Cooper Fort, Viceministra de Economía
del Ministerio de Economía y Finanzas, los días 6 y 7
de octubre de 2016, a la ciudad de Macas, República del
Ecuador, para los nes expuestos en la parte considerativa
de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente resolución, serán con cargo a la Unidad
Ejecutora 001 – Administración General del Pliego
Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al
siguiente detalle:
Viáticos (2 días) : US $ 740.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria
deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe
detallado, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará las
rendiciones de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente norma no da derecho a
exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria
cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas
1436367-1
Aprueban contratación de estudio de
abogados, seleccionado por la Comisión
Especial en el marco de la Ley Nº 28933, Ley
que establece el Sistema de Coordinación
y Respuesta del Estado en Controversias
Internacionales de Inversión
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 336-2016-EF/43
Lima, 30 de setiembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28933, Ley que establece el Sistema
de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias
Internacionales de Inversión, crea una Comisión Especial
para que represente al Estado peruano en las controversias
internacionales de inversión, estando a cargo de ésta la
selección de los servicios de abogados y otros profesionales
que se requieran, mientras que la contratación será realizada
por el Ministerio de Economía y Finanzas;
se aprobó el “Procedimiento para la Contratación de
Servicios de Abogados, Estudios de Abogados y Otros
Profesionales necesarios para la participación del Estado
en Controversias Internacionales de Inversión en el marco
de la Ley Nº 28933”;
Que, el artículo 4 del citado Procedimiento establece
los lineamientos que la mencionada Comisión Especial
debe seguir para seleccionar al estudio de abogados que
se hará cargo de la defensa del Estado peruano en las
controversias internacionales de inversión;
Que, en atención a las facultades otorgadas mediante
la Ley Nº 28933, la citada Comisión Especial solicita la
contratación de una asesoría legal para que represente

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