Resolución nº 2099-2013-MP-FN de Fiscalía de la Nación, 22 de Julio de 2013

Fecha de Resolución22 de Julio de 2013
I
~Oqq
-2013-MP-FN
Uma,
2 2
JUl
2013
VISTO
Y
CONSIDERANDO
Que,
mediante
Oficio
2573-2013-MP-FN-IMUJN
de
fecha
18
de
julio
de
2013,
el
Jefe
Nacional
del
Instituto
de
Medicina
Legal
y
Ciencias
Forenses,
eleva
al
Despacho
de
la
Fiscalía
de
la
Nación,
la
solicitud
de
autorización
para
que
el
doctor
Andrés
Eduardo
Cestro
Flores,
Médico
Legista
de
la
División
de
Tanatologia
Forense
del
Instituto
de
Medicina
Legal
y
Ciencias
Forenses,
apoye
en
calidad
de
docente
a
los
peritos
de
criminalistica
del
Instituto
de
Medicina
Legal
de
Honduras,
asimismo,
en
la
creación
de
la
Escuela
Forense,
el
mismo
que
se
llevará
a
cabo
del
23
de
julio
al
23
de
agosto
de
2013,
en
la
República
de
Honduras;
Que,
resulta
necesario
autorizar
la
participación
en
calidad
de
docente
del
profesional
antes
mencionado,
por
lo
que
corresponde
otorgarle
licencia
con
goce
de
haber,
de
conformidad
COn
lo
dispuesto
en
el
articulo
21"
del
Decreto
Legislativo
W
052,
Ley
Orgánica
del
Ministerio
Público
y
en
el
literal
a)
del
artículo
110·
del
Decreto
Supremo
005-90-PCM,
"Reglamento
de
la
Ley
de
Bases
de
la
Carrera
Administrativa
y
Remuneraciones
del
Sector
Público";
Que,
el
cumplimiento
de
lo
dispuesto
en
la
presente
resolución,
no
irrogará
gasto
alguno
al
presupuesto
institucional
del
Ministario
Público;
Con
el
visto
de
la
Secretaría
General
de
la
Fiscalía
de
la
Nación,
Gerencia
Central
de
la
Escuela
del
Ministerio
Público
"Dr.
Gonzalo
ortiz
de
Zevallos
RoedeI",
y;
En
uso
de
las
atribuciones
conferidas
por
el
articulo
64"
del
Decreto
Legislativo
N"
052.
"Ley
Orgánica
del
Ministerio
Público";
SE
RESUELVE:
ARIicuLO
PRlIERQ.-
AUTORIZAR
la
participación
en
calidad
de
docente
del
doctor
Andrés
Eduardo
Castro
Flores,
Médico
LegiSla
de
la
División
de
Tanatoklgia
Forense
del
Instituto
de
Medicina
Legal
y
Ciencias
Forenses,
el
mismo
que
se
llevará
a
cabo
del
23
de
julio
al
23
de
agosto
de
2013,
en
la
República
de
Honduras,
CONCEDIÉNDOSElE
licencia
con
goce
de
haber,
en
la
fechas
antes
señaladas.
ARTicULO
SEGUNDO.·
FACULTAR
a
la
Jefatura
Nacional
del
Instituto
de
Medicina
Legal
y
Ciencias
Forenses,
a
disponer
las
medidas
respectivas
a
fin
de
no
interferir
con
el
normal
funcionamiento
del
servicio
del
profesional
autOfizado
en
el
articulo
primero
de
la
presente
resolución.
ARTICULO
TERCERO.-
El
cumplimiento
de
lo
dispuesto
en
la
presente
resolución,
no
irrogará
gasto
alguno
al
presupuesto
institucional
del
Ministerio
Público.
ARTíCULO
CUARTO.-
Hacer
de
conocimiento
la
presente
resolución
a
la
Jefatura
Nacional
del
Instituto
de
Medicina
Legal
y
Ciencias
Forenses,
Gerencia
Central
de
Potencial
Humano,
Escuela
del
Ministerio
Público
"Dr,
Gonzalo
Ortiz
de
Zevallos
Roedel"
y
al
interesado,
para
los
fines
~
'nentes.

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