SEPARATA ESPECIAL.ORD. Nº 207-MDSL y ACUERDO Nº 219.Ordenanza que establece el régimen de la tasa por estacionamiento vehicular del distrito de San Luis.MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS SEPARATA ESPECIAL ACUERDO DE CONCEJO Nº 219 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ORDENANZA Nº 207-MDSL ORDENANZA QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR DEL DISTRITO DE SAN LUIS Viernes 30 de seti... -

Fecha de disposición30 Septiembre 2016
Fecha de publicación30 Septiembre 2016
MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
SEPARATA ESPECIAL
ACUERDO DE CONCEJO Nº 219
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ORDENANZA Nº 207-MDSL
ORDENANZA QUE ESTABLECE
EL RÉGIMEN DE LA TASA
POR ESTACIONAMIENTO
VEHICULAR DEL DISTRITO
DE SAN LUIS
Viernes 30 de setiembre de 2016
AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU
1825-2015. LA HISTORIA PARA CONTAR
Viernes 30 de setiembre de 2016 /
El Peruano
600300 NORMAS LEGALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 219
Lima,14 de julio de 2016
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 14 de julio de 2016, el Of‌i cio Nº 001-090-
00008309, del 07 de julio de 2016, de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima–
SAT, adjuntando el expediente de ratif‌i cación de la Ordenanza Nº 207-MDSL que aprueba la tasa de
estacionamiento vehicular en zonas urbanas en el distrito de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades,
Ley Nº 27972, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las ordenanzas en materia tributaria
expedidas por las municipalidades distritales, estas deben ser ratif‌i cadas por las municipalidades
provinciales de su circunscripción.
Que, en aplicación a lo normado por las Ordenanzas de la Municipalidad Metropolitana de Lima
Nº 739, publicada el 26 de diciembre de 2004, y Nº 1533, publicada el 27 de junio de 2011, modif‌i cada
por la Ordenanza Nº 1833, publicada el 19 de diciembre de 2014, la Municipalidad Distrital de San
Luis, aprobó la Ordenanza materia de la ratif‌i cación, remitiéndola al Servicio de Administración
Tributaria de Lima–SAT, con carácter de declaración jurada y el área Funcional de Ratif‌i caciones de
la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la citada entidad, previa revisión y estudio, emitió el Informe
266-181-00000361 del 5 de julio de 2016, opinando que procede la ratif‌i cación solicitada por cumplir
con las Ordenanzas Nº 739 y Nº 1533, modif‌i cada por la Nº 1833, y las Directivas Nº 001-006-000005,
publicada el 16 de marzo de 2005 y Nº 001-006-0000015, publicada el 30 de junio de 2011.
Que la prestación del servicio se efectuará en un total de 454 espacios, de lunes a domingo,
en el horario establecido en el Anexo 01 de la Ordenanza Nº 207-MDSL, con la tasa de S/. 0.50
por 30 minutos y los ingresos que la Municipalidad Distrital de San Luis proyecta recibir, producto
de la aplicación de la tasa de estacionamiento vehicular, f‌i nanciarán el 92.36% de los costos por
la prestación del servicio, y la diferencia será cubierta con otros ingresos que perciba la citada
municipalidad.
De acuerdo con lo opinado por el SAT, por la Gerencia de Transporte Urbano en su Of‌i cio Nº 410-
2016-MML/GTU-SIT del 10 de junio de 2016 y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos
y Organización, en su Dictamen Nº 101-2016-MML/CMAEO;
ACORDÓ:
Artículo Primero.- Ratif‌i car la Ordenanza Nº 207-MDSL de la Municipalidad Distrital de San Luis,
que aprueba la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas de dicho distrito, cuyo servicio
se prestará en 454 espacios de lunes a domingo, en el horario establecido en el Anexo 01 de la
mencionada Ordenanza.
Artículo Segundo.- La ratif‌i cación se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicación
del presente Acuerdo ratif‌i catorio, así como del texto íntegro de la Ordenanza Nº 207-MDSL, en
especial de la última versión de los Anexos, que contienen los cuadros de estructura de costos, de
estimación de ingresos, la cantidad de espacios habilitados y el horario de la prestación del servicio,
por lo que su aplicación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los
funcionarios de la citada Municipalidad Distrital.
Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración
Tributaria de Lima - SAT, a través de su página web www.sat.gob.pe hará de conocimiento público el
presente Acuerdo.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima

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