Sentencia nº 897-2016/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 26 de Julio de 2016

Fecha de Resolución26 de Julio de 2016
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente89-2015/CCO-SANCIONADOR
Presidencia
del Consejo de Ministros
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Procedimientos Concursa les
RESOLUCIÓN N° 0897-2016/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE
N"
0089-2015/CCO-SANCIONADOR
PROCEDENCIA COMISiÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
SEDE CENTRAL DEC~[)ECOpf1-' ...
DESARROLLO CONCURSAL
y
EMPRESARIAL S.A.C.
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
SUSPENSiÓN DEL PROCEDIMIENTO
IMPUTADO
MATERIA
SUMILLA:
se
DISPONE la suspensión del trámite de los recursos de apelación
interpuestos por BBVA Banco Continental
y
Desarrollo Concursal
y
Empresarial S.A.C. contra la Resolución N° 0396-2016ICCO-INDECOPI,
mediante la cual la Comisión de Procedimientos Concursales de la Sede
Central dellndecopi sancionó
a
Desarrollo Concursal
y
Empresarial S.A.C.
con una multa ascendente
a
cien (100) Unidades Impositivas Tributarias, hasta
que esta Sala
se
pronuncie de manera definitiva sobre la validez del acuerdo
adoptado por lajunta de acreedores de Delifrut S.A.
en
Liquidación
en
sesión
realizada el
15
de febrero de 2016, referido
a
la ratificación de los gastos
efectuados por dicha entidad liquidadora
en
el proceso de liquidación de la
deudora concursada; toda vez que dicho pronunciamiento resulta
indispensable para que
se
determine si Desarrollo Concursal
y
Empresarial
S.A.C. incurrió
en
responsabilidad administrativa por
no
haber acreditado la
realización de gastos
en
el proceso de liquidación de Delifrut S.A. por la suma
de US$ 208970,00 Y SI3 617,00, supuesto previsto
en
el artículo
65
del Decreto
Legislativo N° 807 para suspender el trámite del presente procedimiento
administrativo.
Lima, 26 de julio de 2016
ANTECEDENTES
1. Por Resolución N° 0570-2014/CCO-INDECOPI del 27 de enero de 2014, la
Comisión de Procedimientos Concursales de la Sede Central del Indecopi
(en adelante, la Comisión) declaró el inicio del procedimiento concursal
ordinario de Delifrut S.A. (en adelante, De~ifrut), de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 28.3 literal c) de la Ley General del Sistema Concursal
(en adelante, LGSC). El aviso de difusión de dicha situación fue publicado el
24 de febrero de 2014 en el diario oficial "El Peruano".
Mediante Decreto Legislativo W 1189, publicado en el diario oficial "El Peruano" el 21 de agosto de 2015, el cual
entró en vigencia a los sesenta (60) días calendario siguientes a su publicación, esto es, el 20 de octubre de 2015,
se modificó el texto del artículo 1 de la Ley General del Sistema Concursal, en los siguientes términos:
LEY GENERALDEL SISTEMA CONCURSAl. Artículo 1.- Glosario.
Para efectos de la aplicación de las normas de la Ley, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:
(
...
)
b) Comisión.- La Comisión de Procedimientos Concursales de la Sede Central y las Comisiones de
Procedimientos Concursales Desconcentradas en la Oficinas del INDECOPI.
M-SCO-08/01
1/6
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Calle De la Prosa 104, San Borja, Lima
-1-1-
Perú I Tel/:
224
7800
e-mail: poslmasler@indecopi.gob.pe I Web: www.indecopi.gob.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR