ORDENANZA, Nº 1987, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - Declaran desfavorables diversas peticiones de cambio de zonificación en los distritos de La Victoria, Santa Rosa y San Miguel-ORDENANZA-Nº 1987

EmisorMUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Fecha de la disposición15 de Septiembre de 2016
599191
NORMAS LEGALES
Jueves 15 de setiembre de 2016
El Peruano
/
cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias. En el caso de
montos inferiores a las cinco (5) UIT la referida Resolución
o Acuerdo se publicará obligatoriamente dentro de los
cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página
web de la entidad, bajo responsabilidad. Los Gobiernos
Locales que carezcan de página web realizarán la citada
publicación en carteles impresos ubicados en su local
institucional”;
Que, la Asociación Civil Fondo Social Terminal
Portuario de Paita, con Registro Único de Contribuyentes
20522473571, inscrita con Partida Electrónica Nº
12341462 del Registro de Personas Jurídicas, suscribió
un Convenio de Cooperación Interinstitucional con la
Unidad de Gestión Educativa Local de Paita, a n de
formular el Proyecto Educativo Local;
Que, Ocio 1462-2016/GOB-REG.P.DREP-
UGEL.U.E.305-P-D (HRyC Nº 39246), de fecha 15 de
agosto de 2016, mediante el cual el Director del Programa
Sectorial III de la UGEL Paita solicitó al Gobernador
Regional Piura con atención a la Gerencia Regional
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial, la aceptación de donación dineraria por el
monto de S/. 30,000.00 (Treinta Mil con 00/100 Soles),
otorgado por la Asociación Civil Fondo Social Terminal
Portuario de Paita, con la nalidad de cumplir con las
actividades y metas programadas;
Que, estando a lo acordado y aprobado por
unanimidad, en Sesión Extraordinaria 21-2016,
celebrada el día 07 de setiembre de 2016, en la ciudad
de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional
de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones
modicada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la
s u s m o d i  c a t o r i a s L e y N º 2 7 9 0 2 , L e y N º 2 8 9 6 1 , L e y
Nº 28968 y Ley Nº 29053;
ACUERDA:
Artículo Primero.- ACEPTAR la donación dineraria
por el monto de 30,000.00 (Treinta Mil con 00/100 Soles),
compromiso asumido por la Asociación Civil Fondo Social
Terminal Portuario de Paita, a favor de la Unidad de
Gestión Educativa Local – UGEL PAITA, el mismo que
será destinado para el cumplimiento de las actividades y
metas programadas en el Proyecto Educativo Local, de
conformidad a lo señalado en el convenio interinstitucional
suscrito.
Artículo Segundo.- DISPONER, a la Gerencia General
Regional, en coordinación con la Gerencia Regional
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial y la Ocina Regional de Administración, realicen
en su oportunidad todas las acciones administrativas,
relacionadas con el proceso de planeamiento, captación,
asignación, incorporación, utilización, custodia, registro,
control y evaluación de la donación dineraria aprobada en
literal anterior.
Artículo Tercero.- PRECISAR, que el presente
Acuerdo de Consejo Regional debe ser publicado en
el Diario Ocial El Peruano, debido que el monto de la
donación supera las cinco (05) Unidades Impositivas
Tributarias, ello de conformidad al segundo párrafo del
artículo 69º del Texto Único Ordenado de la Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por
Artículo Cuarto.- Dispensar el presente acuerdo del
trámite de lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ELIGIO SARANGO ALBUJAR
Consejero Delegado
Consejo Regional
1428408-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Declaran desfavorables diversas peticiones
de cambio de zoniicación en los distritos de
La Victoria, Santa Rosa y San Miguel
ORDENANZA N° 1987
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 8
de setiembre de 2016, el Dictamen N° 48-2016-MML-
CMDUVN, de la Comisión Metropolitana de Desarrollo
Urbano, Vivienda y Nomenclatura;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE DECLARA DESFAVORABLES PETICIONES
DE CAMBIO DE ZONIFICACIÓN EN EL DISTRITO
DE LA VICTORIA
Artículo Primero.- Declarar desfavorables las
peticiones de cambio de zonicación en el Distrito de La
Victoria, que a continuación se indican:
SOLICITANTE UBICACIÓN
PETICIÓN DE
CAMBIO DE
ZONIFICACIÓN
ANDRÉS
ENRIQUE SUAREZ
BENAVIDES, MARIA
ISABEL CEPERO
VILLAVICENCIO
Y LUIS ALFREDO
SUAREZ BENAVIDES
Predio denominado inmueble
signado con los N°s. 1105-1107-
1109-1121-1125-1129-1135-
1139-1141-1149-1159 con frente
al Jr. Juan Francisco Rivas N°
1094 (antes 1170) y N° 1134
(antes 1174), Distrito de La
Victoria.
VT Y CZ A CZ
BANCO
INTERAMERICANO
DE FINANZAS
Predio denominado Unidad
Inmobiliaria Avenida Nicolás
Ayllón Manzana 306 Lotes 1, 2 y
3 de la Urbanización San Pablo,
Distrito de La Victoria.
VT A CZ
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de
Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana
de Lima, cumpla con comunicar a los propietarios del
predio indicado en el artículo primero, lo dispuesto por la
presente Ordenanza.
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
Lima, 8 de setiembre de 2016
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
1428236-1
ORDENANZA N° 1988
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 8
de setiembre de 2016, el Dictamen N° 49-2016-MML-

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