RESOLUCION, Nº 16-2016-OTASS/CD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS - Aprueban la "Metodología para el Monitoreo de las Metas de las EPS en la Modernización de los Servicios de Saneamiento"-RESOLUCION-Nº 16-2016-OTASS/CD

Fecha de disposición14 Septiembre 2016
Fecha de publicación14 Septiembre 2016
599106 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de setiembre de 2016 /
El Peruano
Artículo 3.- Disponer la noticación de la presente
Resolución al señor Edson Joel Delgado Rodríguez, al
señor Johan Bristol Fernández Jibaja y a la Ocina de
Personal, para su conocimiento y nes.
Artículo 4.- Encargar al Responsable del Portal de
Transparencia la publicación de la presente Resolución
en el Portal Institucional del CONCYTEC.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GISELLA ORJEDA
Presidente
1428446-1
ORGANISMO TÉCNICO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE LOS
SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban la “Metodología para el Monitoreo
de las Metas de las EPS en la Modernización
de los Servicios de Saneamiento”
ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN
DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
N° 16-2016-OTASS/CD
Lima, 8 de setiembre de 2016
VISTOS: el Informe 99-2016-OTASS/DM de
la Dirección de Monitoreo, mediante el cual presenta
el documento “Metodología para el Monitoreo de las
Metas de las EPS en la Modernización de los Servicios
de Saneamiento” y estando a lo acordado en las Sesión
N° 017-2016 del Consejo Directivo del OTASS;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 30045, Ley de Modernización
de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo
Técnico de la Administración de los Servicios de
Saneamiento OTASS, como Organismo Público
Técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento - MVCS, con personería
jurídica de derecho público interno, con autonomía
funcional, económica, nanciera y administrativa, con
competencia a nivel nacional; el cual es el encargado
de ejecutar la política del Ente Rector en materia de
administración para la prestación de los servicios de
saneamiento a cargo de las Entidades Prestadoras de
Servicios;
Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 30045,
aprobado por Decreto Supremo N° 013-2016-VIVIENDA,
establece los objetivos del proceso de modernización de
los servicios de saneamiento; y el artículo 3 señala que
a través del cumplimiento de estos objetivos se busca el
logro de cinco metas: (i) incrementar la calidad, cobertura y
sostenibilidad de los servicios de saneamiento; (ii) reducir
la brecha de infraestructura y asegurar la sostenibilidad
de la misma; (iii) alcanzar autonomía empresarial y lograr
economías de escala en la prestación de los servicios
de saneamiento; (iv) elevar los niveles de eciencia
de acuerdo con indicadores de calidad, continuidad y
cobertura; y (5) Lograr que la prestación de los servicios
de saneamiento contribuya a la gestión sostenible de los
recursos hídricos y el ambiente;
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N°
012-2016-OTASS/CD publicada en el diario ocial El
Peruano el 26 de junio de 2016, se difundió el proyecto del
documento del Visto, para que los interesados remitan sus
comentarios en un plazo de quince (15) días calendarios;
Que, mediante el Informe del Visto, la Dirección de
Monitoreo ha presentado el documento “Metodología para
el Monitoreo de las Metas de las EPS en la Modernización
de los Servicios de Saneamiento”, con la nalidad de
analizar la situación de las metas de las EPS; brindar
información acerca del impacto de la ejecución de las
acciones estratégicas; así como, proponer mejoras
en relación a los aspectos bajo monitoreo y basado en
lecciones aprendidas;
Que, el Consejo Directivo en Sesión N° 017-2016 de
fecha 29 de agosto de 2016, aprobó el referido documento;
así como su publicación;
Que, en ese sentido, el literal a) del artículo 9 el
Reglamento de Organización y Funciones del OTASS,
establece que es función del Consejo Directivo, “Aprobar
las políticas institucionales, los planes y estrategias de la
entidad; concordantes con las políticas y lineamientos del
Ente Rector”;
Que, habiéndose recibido y evaluado los comentarios
de los interesados al proyecto antes citado, corresponde
al Consejo Directivo del OTASS aprobar mediante
Resolución, el documento técnico “Metodología para el
Monitoreo de las Metas de las EPS en la Modernización
de los Servicios de Saneamiento”;
De conformidad con lo señalado en la Ley N°
30045 “Ley de Modernización de los Servicios de
Saneamiento” y sus modicatorias, el Decreto Supremo
013-2016-VIVIENDA, Reglamento de la Ley de
Modernización de los Servicios de Saneamiento y,
estando a lo acordado en la sesión 017-2016 del Consejo
Directivo del Organismo Técnico de la Administración de
los Servicios de Saneamiento- OTASS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la “Metodología para el Monitoreo
de las Metas de las EPS en la Modernización de los
Servicios de Saneamiento”, el mismo que como Anexo
forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario Ocial “El Peruano”; y de la
Resolución y el documento técnico “Metodología para el
Monitoreo de las Metas de las EPS en la Modernización
de los Servicios de Saneamiento” en el Portal Institucional
del OTASS (www.otass.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ
Presidente del Consejo Directivo
1428193-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan fedatarios institucionales titulares
y alternos de la Intendencia Nacional de
Administración
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL
ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
N° 083-2016-SUNAT/800000
Lima, 12 de setiembre de 2016
VISTO:
El Informe 45-2016/SUNAT-8B0000 de la
Intendencia Nacional de Administración, mediante el cual
propone la designación de fedatarios institucionales en la
unidad organizacional a su cargo;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 127° de la Ley N° 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General, establece
el Régimen de Fedatarios de las entidades de la

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