RESOLUCION MINISTERIAL, Nª 695-2016 MTC/01.02, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., El Salvador y Mèxico, en comisión de servicios-RESOLUCION MINISTERIAL-Nª 695-2016 MTC/01.02

Fecha de disposición06 Septiembre 2016
Fecha de publicación06 Septiembre 2016
SecciónSección Única
598412 NORMAS LEGALES Martes 6 de setiembre de 2016 /
El Peruano
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 695-2016 MTC/01.02
Lima, 1 de setiembre de 2016
VISTOS:
La solicitud presentada por la empresa LAN PERÚ
S.A., mediante Carta SAB/CAP/601/07/16, el Informe
N° 550-2016-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad
Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil
y el Informe N° 380-2016-MTC/12.04 de la Dirección
General de Aeronáutica Civil, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27619, en concordancia con su norma
reglamentaria aprobada por Decreto Supremo N° 047-
2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de
servidores, funcionarios públicos o representantes del
Estado;
Que, la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2016, en el numeral
10.1 del artículo 10, establece que quedan prohibidos
los viajes al exterior de servidores o funcionarios
públicos y representantes del Estado con cargo a
recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes
que realicen los inspectores de la Dirección General
de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones para las acciones de inspección
y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los
cuales se autorizan mediante resolución del titular de
la entidad;
Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil
del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil
es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica
Civil, como dependencia especializada del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de
dicha competencia es responsable de la vigilancia de
la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que
comprende la actividad de chequear las aptitudes del
personal aeronáutico de los explotadores aéreos así
como el material aeronáutico que emplean;
Que, la empresa LAN PERÚ S.A., ha presentado
ante la autoridad de aeronáutica civil, una solicitud
para la evaluación de su personal aeronáutico,
acompañando los requisitos establecidos en el
Procedimiento N° 05 correspondiente a la Dirección
General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto
Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y
sus modificatorias;
Que, asimismo, la empresa LAN PERÚ S.A., ha
cumplido con el pago del derecho de tramitación
correspondiente al procedimiento a que se reere el
considerando anterior, ante la Ocina de Finanzas de
la Ocina General de Administración del Ministerio;
por lo que, los costos del viaje de inspección, están
íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del
servicio, incluyendo el pago de los viáticos;
Que, la solicitud presentada por la empresa LAN
PERÚ S.A., ha sido calicada y aprobada por la Dirección
de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de
Aeronáutica Civil del Ministerio, según se desprende
del Informe N° 550-2016-MTC/12.04, al que se anexa
las respectivas Órdenes de Inspección, así como por la
citada Dirección General, según el Informe N° 380-2016-
MTC/12.04, vericándose el cumplimiento de lo señalado
en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del
Ministerio;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27261,
la Ley 27619, la Ley 30372, el Decreto Supremo
N° 047-2002-PCM y estando a lo informado por la
Dirección General de Aeronáutica Civil;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de las señoras Lola
Isabel Escomel Elguera y Rocío Frida Marcela Carrera
Valdivieso, Inspectoras de la Dirección General de
Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, durante los días 08 y 09 de setiembre
de 2016, a la Ciudad de México, Estados Unidos
Mexicanos, de acuerdo con el detalle consignado en
el anexo que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje
autorizado precedentemente, han sido íntegramente
cubiertos por la empresa LAN PERÚ S.A., a través de
los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo
que forma parte integrante de la presente resolución,
abonados a la Ocina de Finanzas de la Ocina General
de Administración del Ministerio, incluyendo la asignación
por concepto de viáticos.
Artículo 3.- Las Inspectoras autorizadas en el artículo
1 de la presente resolución, dentro de los quince (15)
días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán
presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia
a la Ocina General de Administración del Ministerio,
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado, conforme a lo
dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo N° 047-
2002-PCM.
Artículo 4.- La presente resolución no dará
derecho a exoneración o liberación de impuestos
o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1424222-1
DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC)
Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10
Cuadro Resumen de Viajes
RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN
EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE
AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS 08 AL 11 DE SETIEMBRE DE 2016 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 548-2016-MTC/12.04 Y Nº 377-
2016-MTC/12.04
ORDEN DE
INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS
(US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE
ACOTACIÓN Nºs
2546-2016-
MTC/12.04 08-sep 11-sep US $ 800.00
TRANS
AMERICAN
AIRLINES S.A.
PINEDO
BASTOS,
JOSE ROGER
SAN
SALVADOR
REPUBLICA
DE
EL
SALVADOR
Chequeo técnico por
Renovación como IDE en
simulador de vuelo en el
equipo A-319/320/321 a su
personal aeronáutico
12107-12108-
15388

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