RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 205-2016-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Disponen diversas medidas administrativas en el Distrito Judicial de Cusco-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 205-2016-CE-PJ

Fecha de disposición18 Agosto 2016
Fecha de publicación03 Septiembre 2016
SecciónSección Única

Chiclayo, 18 de agosto de 2016

VISTOS:

El Oficio N° 324-2016-ETI-CPP/PJ, cursado por el Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal, e Informe N° 053-2016-MYE-ST-ETI-CPP/PJ, del Componente Monitoreo y Evaluación de la Secretaría técnica del citado equipo técnico; y el Oficio N° 5788-2016-CE-PJ, remitido por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cusco.

CONSIDERANDO:

Primero. Que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco solicita a este Órgano de Gobierno la redistribución de la carga penal por delitos de corrupción de funcionarios del Juzgado de Paz Letrado de Maranura en adición de funciones Juzgado de Investigación Preparatoria, al Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención- Quillabamba.

Segundo. Que, al respecto, el Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, de conformidad con la evaluación realizada en el Informe N° 053-2016-MYE-ST-ETI-CPP/PJ, del Componente de Monitoreo y Evaluación del referido equipo técnico, y a fin de mejorar el servicio de justicia y coadyuvar en la celeridad y eficiencia en el trámite de los delitos de Corrupción de Funcionarios en la Corte Superior de Justicia del Cusco, considera pertinente adicionar a su función la especialidad de Delitos de Corrupción de Funcionarios a los órganos jurisdiccionales de la provincia de Cusco.

Tercero. Que, teniendo en cuenta el informe del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal y, considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para este propósito.

Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR