ORDENANZA, Nº 08-2016-CR/GRM, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA - Aprueban el Reglamento de Fiscalización de las Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal en el departamento de Moquegua-ORDENANZA-Nº 08-2016-CR/GRM

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA
Fecha de la disposición30 de Agosto de 2016

7 de julio de 2016

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en Sesión Ordinaria Nº 08-2016-CR/GRM, de fecha 07 de julio del 2016, el Pleno del Consejo Regional aprobó el Dictamen Nº 001-2016-CDETyPE-CR-GRM presentado por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, Cooperación Técnica y Promoción del Empleo;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Leyes Nº 27902 y 28013, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal;

Que, el literal c) del numeral 10.2, artículo 10º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, menciona que una de las competencias compartidas de los gobiernos regionales es la promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondiente a los sectores de agricultura, pesquería, industria, comercio, turismo, energía, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones, y medio ambiente;

Que, el literal a), del artículo 59º de la Ley antes citada, establece funciones en materia de energía, minas e hidrocarburos, refiriéndose a formular, aprobar, ejecutar, evaluar, fiscalizar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de energía y minas e hidrocarburos de la región, en concordancia con las políticas nacionales y planes sectoriales;

Que, mediante Ley Nº 27474 Ley de Fiscalización de las actividades Mineras Art. 1º, establece que el Ministerio de Energía y Minas es el organismo del poder ejecutivo competente...

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