ORDENANZA, Nº 471-MDB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE BREÑA - Modifican la Estructura Orgánica, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 471-MDB

Fecha de disposición27 Agosto 2016
Fecha de publicación27 Agosto 2016
597774 NORMAS LEGALES Sábado 27 de agosto de 2016 /
El Peruano
del Grupo de Trabajo de Gobernadores sobre el Clima y
Bosques (GCF Task Force) en Jalisco-México, del que es
miembro el Perú a través de sus Gobiernos Regionales de
Ucayali, San Martín, Loreto, Huánuco, Amazonas y Madre
de Dios. Otros países como México, Brasil, Indonesia,
USA, Nigeria, España y Costa de Marl participan también
con sus respectivos representantes Subnacionales en un
total de 29.
2.- El presente escrito se hace en atención al artículo
65º del Reglamento Interno del Consejo Regional de
Huánuco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº
001-2003-CRH y modicado por Ordenanza Regional
Nº 052-2008- CR-GRH, establece: “(…) Los acuerdos
pueden ser reconsiderados a petición escrita de cualquier
Consejero Regional, debiendo presentar su pedido en la
sesión siguiente para admitir a debate la reconsideración
se requiere la mayoría del número legal de Consejeros
Regionales”.
3.- En tal sentido, en el entendido que al momento de
emitirse el Acuerdo de Consejo Regional Nº 092-2016-CR-
GRH no se ha tomado en cuenta lo siguiente:
3.1.- Que, este encuentro servirá como una plataforma
para la creación de nuevas asociaciones con los estados y
provincias de todo el continente americano, así como con el
sector privado, la sociedad civil, los pueblos indígenas y las
instituciones nancieras. Al unirse la Reunión Anual del GCF
con la Cumbre de Cambio Climático de las Américas, se
crea una oportunidad importante para fortalecer el liderazgo
subnacional y proporcionar una mayor visibilidad de los
acuerdos que enfrentará la vigésimo segunda Conferencia de
las Partes sobre Cambio Climático, COP 22, en Marruecos.
El Grupo de Trabajo de Gobernadores por el Clima y los
Bosques es una colaboración subnacional única entre 29
estados y provincias de Brasil, Indonesia, Costa de Marl,
México, Nigeria, Perú, España y los Estados Unidos. El GCF
busca avanzar en los programas jurisdiccionales destinados
a promover un desarrollo rural bajo en emisiones y, la
reducción de las emisiones por la deforestación y el uso del
suelo (REDD+), y vincular estas actividades con regímenes
de cumplimiento emergentes de gases de efecto invernadero
(GEI) y otras oportunidades de pago por rendimiento.
3.2.- Otro aspecto es que más del 25% de los bosques
tropicales del mundo se encuentran en los estados y
provincias del GCF, incluyendo más del 75% de los
bosques de Brasil y más de la mitad de Indonesia y el
Perú. El GCF incluye los estados (Ucayali) y provincias que
están liderando el camino en la construcción de enfoques
integrales a nivel de jurisdicción para el desarrollo de bajas
emisiones y REDD+, así como la única jurisdicción en el
mundo (California) que está considerando disposiciones
que reconocerían compensaciones económicas de REDD+
como parte de su sistema de cumplimiento de Gases de
Efecto Invernadero.
3.3.- por otro lado, la no participación del Gobierno
Regional de Huánuco a través de su Gobernador
Regional Ing. Rubén Alva Ochoa, pone en riesgo la
incorporación de nuestra región al GCF y nos saca de las
de las negociaciones, así como de las posibilidades de
Financiamiento REDD que se está buscando para la región
y que lo están haciendo 29 gobiernos Subnacionales de
todo el mundo. Máxime si el viaje no irroga gasto alguno
al Gobierno Regional, toda vez que los pasajes y viáticos
serán cubiertos por los organizadores de la II CUMBRE
DE CAMBIO CLIMÁTICO DE LAS AMÉRICAS.
4.- Por estas consideraciones, solicito se
RECONSIDERE dicho acuerdo, y se AUTORIZE el viaje
al Gobernador Regional de Huánuco del 28 de Agosto al
02 de Setiembre del 2016; debiendo disponer que a su
retorno exponga al Consejo Regional sobre los logros de
su participación en dicho evento a favor de nuestra región.
Que, en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional
realizado en la ciudad de Huánuco el día 23 de agosto
del 2016, fue puesto en agenda la Reconsideración
interpuesto por el Consejero Regional de Puerto Inca
Jennry Edward Del Aguila Clariana al Acuerdo de Consejo
Regional Nº 092-2016-CR-GRH de fecha 05 de agosto
de 2016 referente a la solicitud de autorización de viaje
para el Gobernador Regional de Huánuco al Estado de
Jalisco – México, petición que fue denegada debido a la
falta de sustento sobre los nes y objetivos de dicho viaje;
por lo que el Pleno del Consejo Regional, después de un
debate y análisis correspondiente se aprobó por mayoría,
autorizar el viaje, con cargo a dar cuenta sobre los logros
de su participación en dicho evento a favor de nuestra
región;
Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867 -
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modicado por la
Ley Nº 29053 establece: “Que es atribución del Presidente
Regional ejecutar los acuerdos del Consejo Regional”;
Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de
Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Orgánica de los
Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modicatorias;
Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional
de Huánuco, aprobado por Ordenanza Regional Nº 001-
2003-GRH y su modicatoria con Ordenanza Regional
Nº 052-2008-CR-GRH; El pleno del Consejo Regional
aprobó por MAYORIA, el presente Acuerdo:
ACUERDA:
Artículo Primero.- DECLARAR FUNDADO la
Reconsideración interpuesta por el Consejero Regional
de Puerto Inca Jennry Edward Del Aguila Clariana en
contra del Acuerdo de Consejo Regional Nº 092-2016-CR-
GRH de fecha 05 de agosto de 2016.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR el viaje al
Gobernador Regional de Huánuco Ing. Rubén Alva Ochoa
al exterior, al Estado de Jalisco-México del 28 de Agosto
al 02 de Setiembre del 2016.
Artículo Tercero.- SEÑALAR, los gastos que ocasione
dicho viaje no generará costo alguno al Gobierno Regional
Huánuco.
Artículo Cuarto.- RECOMENDAR, que el Gobernador
Regional, a su retorno deberá informar al Consejo
Regional para el cual ha sido autorizado dentro de los
quince días hábiles a su retorno.
Artículo Quinto.- DISPENSAR, el presente Acuerdo
del trámite de lectura y aprobación del Acta.
Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR, el presente
Acuerdo Regional, Presidencia Regional, Gerencia
General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia
Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de
Desarrollo Económico, Ocina de Control Institucional,
Interesados y demás Órganos Estructurados del Gobierno
Regional Huánuco.
Artículo Séptimo.- DISPONER, la publicación del
presente Acuerdo Regional en el Diario Ocial El Peruano
y en el portal electrónico de la Institución, conforme a ley.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ERHUIN MARCIAL QUISPE DURAN
Consejero Delegado
Consejo Regional
1420823-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Modiican la Estructura Orgánica, y el
Reglamento de Organización y Funciones
de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 471-MDB
Breña, 26 de agosto del 2016
El ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA
POR CUANTO;
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE BREÑA

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