RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 500-2016-P-CSJLI/PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Establecen conformación de la Segunda Sala Laboral Permanente de Lima y designan Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Lima-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 500-2016-P-CSJLI/PJ

Fecha de disposición22 Agosto 2016
Fecha de publicación24 Agosto 2016
SecciónSección Única

Lima, 22 de agosto de 2016

VISTAS:

La Resolución Nº 374-2016-P-CSJLI/PJ de fecha 24 de junio del 2016 y la Resolución N° 490-2016-P-CSJLI/P de fecha 12 de agosto del 2016 publicadas en el diario El Peruano el día 25 de junio y 13 de agosto del presente año, respectivamente; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante los ingresos número 446558 y 458771-2016 el doctor Julio Donald Valenzuela Barreto Juez Superior Titular de la Segunda Sala Laboral Permanente de Lima solicita se le otorgue hacer uso de su periodo vacacional a partir del 23 al 29 de agosto del presente año.

Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Segunda Sala Laboral Permanente de Lima, proceder a la designación del magistrado que completará el colegiado en reemplazo del doctor Valenzuela Barreto.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR