ACUERDO, Nº 253, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - Ratifican la Ordenanza Nº 314 de la Municipalidad Distrital de La Molina, que aprueba tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas del distrito-ACUERDO-Nº 253

EmisorMUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Fecha de la disposición22 de Agosto de 2016
597395
NORMAS LEGALES
Lunes 22 de agosto de 2016
El Peruano
/
Nº SOLICITANTE UBICACION
PETICION DE
CAMBIO DE
ZONIFICACION
1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VILLA MARÍA DEL
TRIUNFO
Predio con un área de 58,558 m2,
conformado por el Lote 19 (3,500
m2), el Lote P3 (3,005 m2) y el Lote
CDH (52,053 m2), ubicado en el
Pueblo Joven San Francisco de la
Tablada de Lurín – Sector II, distrito
de Villa María del Triunfo.
OU a ZRP
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de
Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, cumpla con comunicar a la Municipalidad Distrital
de Villa Maria del Triunfo lo indicado en el artículo primero
de la presente ordenanza.
POR TANTO;
Mando se registre, publique y cumpla.
Lima, 18 de agosto de 2016
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde
1418631-2
Modifican el Sistema Vial Metropolitano
respecto a las secciones viales normativas
de la Av. Nicolás Ayllón - Carretera Central
ORDENANZA N°1981
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 18 de
agosto de 2016, el Dictamen Nº 54-2016-MML-CMDUVN
de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano,
Vivienda y Nomenclatura;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE MODIFICA EL SISTEMA VIAL METROPOLITANO
RESPECTO A LAS SECCIONES VIALES
NORMATIVAS DE LA AV. NICOLÁS
AYLLÓN – CARRETERA CENTRAL
Artículo Primero.- Aprobar la Propuesta de
Modicación del Sistema Vial Metropolitano respecto a
las secciones viales normativas del eje vial Av. Nicolás
Ayllón – Carretera Central, aplicándose únicamente
para los sub tramos adyacentes a las estaciones y
pozos de ventilación del Proyecto de la Línea 2 del
Metro, según las Láminas Nº 01, 02, 03, 04 y 05, que
como Anexo, forman parte integrante de la presente
Ordenanza, las cuales serán publicadas en la página
web de la Municipalidad Metropolitana de Lima. (www.
munlima.gob.pe).
Artículo Segundo.- La Autoridad Autónoma del
Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao
- AATE, coordinará con PROTRANSPORTE, la Gerencia
de Transporte Urbano y la Gerencia de Desarrollo
Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, los
aspectos de sus respectivas competencias, relacionados
con el Proyecto de la Línea 2 del Metro y los estudios
correspondientes que incluyan la remodelación vial de
la Av. Nicolás Ayllón - Carretera Central y asimismo,
la AATE será la encargada de elaborar los estudios de
inserción urbana sobre la parte superior del tramo antes
mencionado.
Artículo Tercero.- Disponer que el Instituto
Metropolitano de Planicación de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, efectúe las modicaciones
necesarias del Plano del Sistema Vial Metropolitano
y de las Secciones Viales Normativas, de acuerdo a la
modicación aprobada en el artículo primero, velando que
ello no implique la eliminación del número de carriles.
Artículo Cuarto.- En aplicación de lo dispuesto por
la Ordenanza Nº 1894-MML, las entidades competentes
de la Municipalidad Metropolitana de Lima y las
municipalidades distritales correspondientes, efectuarán
el control urbano necesario para cautelar el derecho
de vía establecido por las secciones viales normativas
aprobadas, denegando cualquier solicitud que se efectúe
sobre las áreas reservadas.
POR TANTO
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
Lima,18 de agosto de 2016
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
1418632-1
Ratifican la Ordenanza N° 314 de la
Municipalidad Distrital de La Molina,
que aprueba tasa por estacionamiento
vehicular en zonas urbanas del distrito
ACUERDO DE CONCEJO
N° 253
Lima,9 de agosto de 2016
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 9 de
agosto de 2016, el Ocio N° 001-090-00008327, del 25 de
julio de 2016, de la Jefatura del Servicio de Administración
Tributaria de Lima– SAT, adjuntando el expediente de
raticación de la Ordenanza N° 314 que aprueba la tasa
de estacionamiento vehicular en zonas urbanas en el
distrito de La Molina; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el
Ley N° 27972, para la entrada en vigencia y exigibilidad
de las ordenanzas en materia tributaria expedidas
por las municipalidades distritales, estas deben ser
raticadas por las municipalidades provinciales de su
circunscripción.
Que, en aplicación a lo normado por la Ordenanza
N° 739, publicada el 26 de diciembre de 2004 y N°
1533, publicada el 27 de junio de 2011, modicada por
la Ordenanza N° 1833, publicada el 19 de diciembre
de 2014, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la
Municipalidad Distrital de La Molina, aprobó la Ordenanza
materia de la raticación, remitiéndola al Servicio de
Administración Tributaria de Lima – SAT, con carácter
de declaración jurada y la citada entidad, previa revisión
y estudio, a través del Área Funcional de Raticaciones
de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, emitió el Informe
N° 266-181-00000366, del 22 de julio de 2016, opinando
que procede la raticación solicitada por cumplir con las
Ordenanzas Nos. 739 y N° 1533, y modicatoria N° 1833,
y las Directivas N° 001-006-000005, publicada el 16 de
marzo de 2005 y N° 001-006-0000015, publicada el 30 de
junio de 2011.
Que, la prestación del servicio se efectuará en un
total de 775 espacios, de lunes a sábado, en el horario
establecido en el Anexo III de la Ordenanza N° 314, con
la tasa de S/. 0.60 por treinta minutos, y los ingresos que
la Municipalidad Distrital de La Molina proyecta recibir,
producto de la aplicación de la tasa de estacionamiento
vehicular, nanciarán el 99.16% de los costos por la
prestación del servicio, y la diferencia será cubierta con
otros ingresos que perciba la Municipalidad Distrital de La
Molina.
De acuerdo con lo opinado por el SAT, la Gerencia
de Transporte Urbano, en sus Ocios N° 239 y 361-2016-
MML/GTU-SIT, de 8 de abril y 23 de mayo de 2016 y

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