RESOLUCION, Nº 097-2016-SINEACE/CDAH-P, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA - Oficializan Acuerdo mediante el cual se otorgó acreditación a la carrera de Telemática del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado IBEROTEC, de la Región Lima-RESOLUCION-Nº 097-2016-SINEACE/CDAH-P

EmisorCONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Fecha de la disposición15 de Agosto de 2016
596853
NORMAS LEGALES
Lunes 15 de agosto de 2016
El Peruano
/
la Ley Nº 28740, dejándose sin efecto en tal sentido, al
Consejo Superior y los órganos operadores del sistema;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº
396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 se constituyó
el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia
del COSUSINEACE, quien presidirá, un representante
del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo
Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica
- CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones
necesarias para la continuidad del sistema y los procesos
en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del
SINEACE;
Que, mediante Informe Nº 037-2016-SINEACE/ST-DEA-
IEES, la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y
Escuelas de Educación Superior del SINEACE, considerando
el Informe Final de evaluación externa realizada por la
entidad evaluadora Beyond Quality Standards SAC, propone
se otorgue la acreditación a la carrera de Computación e
Informática del Instituto de Educación Superior Tecnológico
Público “CESDE”, Región Ayacucho, al haber cumplido
con los requisitos establecidos en el modelo de calidad
del SINEACE, alcanzando una valoración de doscientos
cincuentaicinco (255) puntos, correspondiendo una vigencia
de dos (02) años, de acuerdo con el Procedimiento para la
Evaluación y Acreditación de las Instituciones de Educación
Superior No Universitaria – versión II;
Que, en atención al informe antes indicado y en ejercicio
de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc,
en sesión de fecha 04 de agosto 2016, llegó al Acuerdo Nº
085-2016-CDAH, mediante el cual se otorgó la acreditación
a la carrera de Computación e Informática del Instituto de
Educación Superior Tecnológico Público “CESDE”, Región
Ayacucho, con una vigencia de dos (02) años;
De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema
Nacional de Evaluación, Acreditación y Certicación
de la Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento
aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley
Nº 30220, Ley Universitaria y la Resolución Ministerial Nº
396-2014-MINEDU y modicatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ocializar el Acuerdo Nº 085-2016-CDAH,
mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE
en sesión de fecha 04 de agosto 2016, otorgó la acreditación
a la carrera de Computación e Informática del Instituto de
Educación Superior Tecnológico Público “CESDE”, Región
Ayacucho, con una vigencia de dos (02) años, contados a
partir de la publicación de la presente resolución.
Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario Ocial El Peruano, así como en el
Portal Web del SINEACE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
SINEACE
1415377-5
Oficializan Acuerdo mediante el cual
se otorgó acreditación a la carrera de
Telemática del Instituto de Educación
Superior Tecnológico Privado IBEROTEC, de
la Región Lima
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DIRECTIVO AD HOC
Nº 097-2016-SINEACE/CDAH-P
Lima, 11 de agosto de 2016
VISTO:
El Memorándum Nº 0128-2016-SINEACE/ST-
DEA-IEES, emitido por la Dirección de Evaluación y
Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación
Superior del SINEACE; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del
SINEACE establece como nalidad del Sistema Nacional
de Evaluación, Acreditación y Certicación de la Calidad
Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones
educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de
calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan
en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y
competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de
calicación profesional y desarrollo laboral;
Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada,
precisa que la acreditación es el reconocimiento público
y temporal de la institución educativa, área, programa o
carrera profesional que voluntariamente ha participado
en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica,
institucional y administrativa;
Que, mediante la Décima Segunda Disposición
Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley
Universitaria del 09 de julio del 2014 se declara en
reorganización el Sistema Nacional de Evaluación,
Acreditación y Certicación de la Calidad Educativa –
SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción
del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de
la Ley Nº 28740, dejándose sin efecto en tal sentido, al
Consejo Superior y los órganos operadores del sistema;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº
396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 se constituyó
el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia
del COSUSINEACE, quien presidirá, un representante del
Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC,
cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la
continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la
aprobación de la reorganización del SINEACE;
Que, mediante Informe Nº 035-2016-SINEACE/ST-
DEA-IEES, la Dirección de Evaluación y Acreditación de
Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE,
considerando el Informe Final de evaluación externa
realizada por la entidad evaluadora International Zeta
Consulting SAC, propone se otorgue la acreditación a la
carrera de Telemática del Instituto de Educación Superior
Tecnológico Privado IBEROTEC, de la Región Lima, al
haber cumplido con los requisitos establecidos en el modelo
de calidad del SINEACE, alcanzando una valoración de
doscientos ochentaiocho (288) puntos, correspondiendo una
vigencia de dos (02) años, de acuerdo con el Procedimiento
para la Evaluación y Acreditación de las Instituciones de
Educación Superior No Universitaria – versión II;
Que, en atención al informe antes indicado y en
ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo
Ad Hoc, en sesión de fecha 04 de agosto 2016, llegó al
Acuerdo Nº 086-2016-CDAH, mediante el cual se otorgó
la acreditación a la carrera de Telemática del Instituto de
Educación Superior Tecnológico Privado IBEROTEC, de
la Región Lima, con una vigencia de dos (02) años;
De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema
Nacional de Evaluación, Acreditación y Certicación
de la Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento
aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley
Nº 30220, Ley Universitaria y la Resolución Ministerial Nº
396-2014-MINEDU y modicatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ocializar el Acuerdo Nº 086-2016-
CDAH, mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc del
SINEACE en sesión de fecha 04 de agosto 2016, otorgó
la acreditación a la carrera de Telemática del Instituto de
Educación Superior Tecnológico Privado IBEROTEC, de la
Región Lima, con una vigencia de dos (02) años, contados
a partir de la publicación de la presente resolución.
Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario Ocial El Peruano, así como en el
Portal Web del SINEACE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
SINEACE
1415377-6

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