ORDENANZA, Nº 0354-2016-MDC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO - Ordenanza que aprueba los procedimientos administrativos, servicios administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el TUPA de la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 0354-2016-MDC

EmisorMUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Fecha de la disposición13 de Agosto de 2016

Carabayllo, 31 de mayo del 2016

POR CUANTO:

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE CARABAYLLO;

VISTO:

En Sesión Extraordinaria de Concejo de Fecha 31 de mayo del 2016, la Comisión encargada de la Elaboración del TUPA remite la Propuesta del Proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS, SERVICIOS ADMINISTRATIVOS BRINDADOS EN EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS Y DERECHOS DE TRAMITES CONTENIDOS EN EL TUPA - TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS de la Municipalidad Distrital de Carabayllo; y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 192º y 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipales modificado por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional establece que los Gobiernos locales, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisándose que le compete a las municipalidades la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, y en tal sentido gozan de facultades normativas y reglamentarias, ejerciendo jurisdicción en el ámbito de su circunscripción territorial;

Asimismo corresponde al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al Numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú;

Que, conforme lo establece la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales son los órganos de representación del vecindario, que promueven la adecuada prestación de los servicios públicos y su desarrollo integral sostenible y armónico, que tienen entre sus funciones específicas exclusivas, entre otras, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias;

Que, de conformidad con el Artículo 9º, numeral 3 de la mencionada norma, es atribución del Concejo Municipal, aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local, asimismo en el numeral 8) del mencionado artículo, faculta aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos;

Que, el numeral 38.1 del artículo 38 de la Ley Nº...

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