RESOLUCION DE ALCALDIA, Nº 125-2016-ALC/MDPP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA - Declaran aprobada habilitación urbana de oficio de terreno rústico ubicado en el distrito y dictan diversas disposiciones-RESOLUCION DE ALCALDIA-Nº 125-2016-ALC/MDPP

EmisorMUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA
Fecha de la disposición25 de Julio de 2016

Puente Piedra, 25 de julio del 2016

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE PUENTE PIEDRA

VISTO: El Informe Nº 222-2016-SGCSPU-GDU/MDPP, el Informe Nº 355-2016-SGCSPU-GDU/MDPP de la Subgerencia de Catastro, Saneamiento y Planeamiento Urbano, solicita la Habilitación Urbana de Oficio de la Urbanización Residencial Rosaluz Primera Etapa - Parcela 12, Distrito de Puente Piedra, Provincia y Departamento de Lima; el Memorándum Nº 424-2016-GDU/MDPP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Legal Nº 202-2016-GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, según el inciso 9 del artículo de la Ley 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, las municipalidades distritales en el ámbito de su jurisdicción, tienen competencia para la aprobación de proyectos de habilitación urbana y de edificación, conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972;

Que, el artículo 24º de la Ley 29090 modificado por la Ley 29898 (Ley que modifica la Ley 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y establece el procedimiento de Habilitación Urbana de Oficio) establece que las municipalidades declaran la habilitación urbana de oficio de los...

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