RESOLUCION VICE MINISTERIAL, Nº 094-2016-VMPCIC-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Aprueban el Instructivo de Visitas Nocturnas al Monumento Arqueológico Chavín de Huántar - 2016-RESOLUCION VICE MINISTERIAL-Nº 094-2016-VMPCIC-MC

EmisorCULTURA
Fecha de la disposición27 de Julio de 2016

Lima, 27 de julio de 2016

Vistos: el Informe Nº 000003-2016/DSPC/VMPCIC/MC del 05 de febrero de 2016, de la Dirección de Sitios del Patrimonio Mundial, el Proveído Nº 000778-2016/VMPCIC/MC del 10 de febrero de 2016, del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Informe Nº 001-2016/FRM/OGAJ/SG/MC del 15 de julio de 2016, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública, y dispone que están protegidos por el Estado;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, el Instituto Nacional de Cultura (hoy Ministerio de Cultura), la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identificación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, asimismo el numeral 5.4 del artículo 5 del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, dispone que el Instituto Nacional de Cultura (hoy Ministerio de Cultura), la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación constituyen los entes rectores de la gestión de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, y en consecuencia les corresponde, dentro de sus ámbitos de su competencia: “Dictar las normas que sean necesarias para la gestión y uso sostenible del patrimonio cultural y en consecuencia para el registro, declaración, protección, identificación, inventario, inscripción, investigación, conservación, difusión, puesta en valor, promoción y restitución en los casos que...

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