RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 445-2016-P-CSJLE/PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Dan por concluida designación, reasignan y designan magistrados en la Corte Superior de Justicia de Lima Este-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 445-2016-P-CSJLE/PJ
Fecha de disposición | 28 Julio 2016 |
Fecha de publicación | 28 Julio 2016 |
Sección | Sección Única |
595578 NORMAS LEGALES Jueves 28 de julio de 2016 /
El Peruano
Artículo Segundo.- La redistribución antes indicada
comprende a los procesos cualquiera sea el año de
ingreso del expediente, los cuales deben ser remitidos
con todos sus cuadernos, anexos y cargos de noticación
completos, debidamente cosidos, foliados en números
y letras, asimismo, todos los escritos deberán estar
debidamente proveídos bajo responsabilidad.
Artículo Tercero.- No se considerará para la
redistribución:
a) Los expedientes en lo que se ha llevado a cabo
informe oral.
b) Los expedientes en reserva, ni con mandato de
archivo provisional o denitivo.
Artículo Cuarto.- Culminado el proceso de
redistribución, el Segundo Juzgado de Paz Letrado de
Lurigancho - Chosica y Chaclacayo deberán hacer llegar
por medio electromagnético en detalle, la relación de
expedientes redistribuidos, la cual tendrá carácter de
declaración jurada y será publicada en la página web de
esta Corte Superior de Justicia, para conocimiento de los
justiciables.
Artículo Quinto.- Con el n de no afectar el derecho
de los usuarios y/o litigantes y hasta que culmine el
proceso de redistribución de expedientes dispuesto en
la presente resolución, la Mesa de Partes del Segundo
Juzgado de Paz Letrado de Lurigancho - Chosica y
Chaclacayo deberá recibir los escritos relacionados
a actos procesales con plazos de vencimiento y/o
perentorios de los procesos a ser redistribuidos que se
encuentren aún bajo su custodia, debiendo ser remitidos
junto con el expediente al Tercer Juzgado de Paz Letrado
de Lurigancho - Chosica y Chaclacayo.
Artículo Sexto.- Los responsables del Área de
Informática y Estadística de esta Corte Superior de
Justicia deberán adoptar las medidas necesarias para
que se cumpla la distribución de expedientes dispuesta
por la presente resolución.
Artículo Séptimo.- REMITIR copia de la presente
Resolución Ocina Desconcentrada de Control de la
Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima
Este, Ocina de Administración Distrital, Ocina de
Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima Este y a
los Magistrados para los nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese, y archívese.
MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABÁS KAJATT
Presidenta
1410164-1
Dan por concluida designación, reasignan y
designan magistrados en la Corte Superior
de Justicia de Lima Este
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE
PRESIDENCIA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 445-2016-P-CSJLE/PJ
Chaclacayo, 25 de julio de 2016
VISTO:
El Informe N° 163-2016-AE-ADM-CSJLE/PJ,
elaborado por el responsable del Área de Estadística de
esta Corte Superior de Justicia; y
CONSIDERANDO:
Primero.- Mediante informe de Visto, el responsable
del Área de Estadística da cuenta de la producción
jurisdiccional del Magistrado a cargo del Segundo
Juzgado Civil de La Molina y Cieneguilla.
Segundo.- Que, la Presidencia de la Corte Superior
de Justicia, es la máxima autoridad administrativa
en el Distrito Judicial a su cargo, dirige la política
interna con el objeto de brindar un eciente servicio de
administración de justicia en benecio de los justiciables,
asistiéndole en consecuencia la facultad de designar
y dejar sin efecto las designaciones de Magistrados
Provisionales y Supernumerarios; adoptando medidas
administrativas necesarias para cautelar la correcta y
pronta administración de Justicia.
Por las consideraciones expuestas, la Presidencia de
la Corte Superior de Justicia de Lima Este, en uso de las
facultades conferidas en los incisos 3° y 9° del Artículo 90º
RESUELVE:
Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la
designación del señor Abogado LUIS GUSTAVO DE LA
CRUZ MALLAUPOMA como Juez Supernumerario del
Segundo Juzgado Civil de La Molina y Cieneguilla, con
efectividad al primero de agosto del año en curso.
Artículo Segundo.- REASIGNAR a la señora
Abogada LUISA ROSSANA CANO FREITAS como Juez
Supernumeraria del Segundo Juzgado Civil de La Molina
y Cieneguilla con efectividad al primero de agosto del año
en curso.
Artículo Tercero.- DESIGNAR a la señora Abogada
MILAGRITOS CUNYA NAVARRETE como Jueza
Supernumeraria del Primer Juzgado Civil de San Juan de
Lurigancho, con efectividad al primero de agosto del año
en curso.
Artículo Cuarto.- DISPONER que BAJO
RESPONSABILIDAD el Magistrado remplazado presente
el inventario de los expedientes y haga ENTREGA
INMEDIATA de la credencial de Magistrado otorgada para
el ejercicio de su función, la misma que será devuelta ante
la Secretaría General de la Presidencia de esta Corte
Superior de Justicia.
Artículo Quinto.- REMITIR copia de la presente
Resolución a la Ocina de Productividad Judicial del
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional
de la Magistratura, Ocina Desconcentrada de Control de
la Magistratura, Ocina de Administración Distrital, Ocina
de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima Este
y de los Magistrados para los nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABÁS KAJATT
Presidenta
1410165-1
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE
PRESIDENCIA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 452-2016-P-CSJLE/PJ
Chaclacayo, 27 de julio de 2016
VISTAS: Las Resoluciones Administrativas N°
149-2016-CE-PJ y N° 180-2016-CE-PJ del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial; y,
CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Por Resolución Administrativa Nº
149-2016-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
dispuso la creación y el funcionamiento a partir del 01 de
agosto de 2016 del Juzgado de Investigación Preparatoria
Permanente y del Juzgado Penal Unipersonal Permanente,
con sede en las Flores y con competencia territorial en
los distritos de San Juan de Lurigancho y El Agustino,
para la aplicación del Proceso Inmediato de los delitos de
Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción
de vehículo en Estado de Ebriedad o Drogadicción.
SEGUNDO.- Por Resolución Administrativa Nº
180-2016-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, dispuso entre otros, las siguientes acciones
a partir del primero de agosto del año en curso: a)
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