RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 196-2016-MINAM, PODER EJECUTIVO, AMBIENTE - Precisan funciones asignadas al Ministerio del Ambiente que ejerce el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 196-2016-MINAM

EmisorAMBIENTE
Fecha de la disposición26 de Julio de 2016

Lima, 26 de julio de 2016

Visto, el Informe N° 117-2016-MINAM/VMGA-DGCA/RESIDUOS, de fecha 14 de julio de 2016, de la Dirección General de Calidad Ambiental; el Memorando N° 1190-2016-MINAM/VMGA/DGCA, de fecha 15 de julio de 2016, de la Dirección General de Calidad Ambiental; el Memorando N° 328-2016-MINAM/VMGA, de fecha 19 de julio de 2016, del Viceministerio de Gestión Ambiental; y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2, inciso 22 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013, se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;

Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental que corresponde;

Que, mediante la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado Sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente;

Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM, el Ministerio...

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