DECRETO SUPREMO, Nº 229-2016-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban aplicación de la escala remunerativa aprobada por Decreto Supremo Nº 008-2015-VIVIENDA para el personal de confianza de las entidades prestadoras de servicios de saneamiento municipales, a la EPS Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa Sociedad Anónima - SEDAPAR S.A.-DECRETO SUPREMO-Nº 229-2016-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición27 de Julio de 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el numeral 1 del artículo 35 de la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, se dispone que con decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en su calidad de ente rector del sector saneamiento, aprueba una nueva política y escala remunerativa aplicable al personal de confianza en todas las entidades prestadoras de servicios de saneamiento municipales –EPS; así como los incrementos, reajustes u otorgamientos de nuevos conceptos;

Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 008-2015-VIVIENDA, se aprobó la Política Remunerativa aplicable al personal de confianza de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales, entendiéndose por personal de confianza a los cargos de Gerente General, Gerente Funcional, Jefe Divisional 1, Jefe Divisional 2 y/o sus equivalencias;

Que, asimismo, a través del artículo 2 del citado Decreto Supremo se aprobó la Escala Remunerativa aplicable al personal de confianza de las citadas entidades; estableciéndose en el artículo 4 de la aludida norma que la aplicación de dicha Escala se sujeta al cumplimiento de determinados requisitos, quedando a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento el deber de verificar el cumplimiento de los mismos, mediante informes emitidos por las unidades orgánicas competentes de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, el literal d) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que las empresas de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales aprueban, mediante acuerdo de directorio, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal, que contiene necesariamente medidas en esos rubros;

Que, en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo N° 008-2015-VIVIENDA, los montos de remuneraciones que se propongan no pueden...

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