Sentencia nº 726-2016/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 24 de Junio de 2016

Fecha de Resolución24 de Junio de 2016
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente000033-2010/CCO-INDECOPI-01-3284
Presidencia
del Consejo de Ministros INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Procedimientos Concursales
RESOLUCIÓN
N'
0726-20161SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE
N'
33-20101CCO-INDECOPI-01-32/U
PROCEDENCIA COMISiÓN DE PRDCEDIMIENTOS CONCURSALES
DE LA SEDE CENTRAL DEL INDECOPI
DOE RUN PERÚ S.R.L. EN LIQUIDACiÓN
DIONICIO CHANCASANAMPA VILCAÑAUPA
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS LABORALES
FUNDICiÓN DE METALES NO FERROSOS
DEUDOR
ACREEDOR.
MATERIA
ACTIVIDAD
SUMILLA:
se
REVOCA la Resolución N° 3608-2015/CCO-INDECOPI del
18
de
mayo de 2015, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de
reconocimiento de créditos presentada por el señor Dionicio
Chancasanampa Vilcañaupa frente
a
Doe Run Perú S.R.L. en Liquidación,
derivados d.~1 saldo de asignación familiar y de los reintegros de la
asignación familiar en las gratificaciones, la compensación por tiempo de
servicios y ~I descanso vacacional, devengados desde el 01 de febrero de
1999 hasta el
31
de diciembre de 2007,
se
ADMITE A TRÁMITE la referida
solicitud y, en consecuencia,
se
DISPONE que la Comisión de
Procedimientos Concursales de la Sede Central del Indecopi emita un
pronunciamiento al respecto, teniendo en cuenta los criterios expuestos en
la presente resolución.
Lima, 24 de junio de 2016
1.
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 12 de enero de 2015, el señor Dionicio Chancasanampa
Vilcañaupa
1
(en adelante, el solicitante) invocó ante la Comisión de
Procedimientos Concursales de la Sede Central dellndecopi (en adelante, la
Comisión) el reconocimiento de créditos de origen laboral frente a Doe Run
Perú S.R.L. en. Liquidación
2
(en adelante, Doe Run), ascendentes a
SI 7 263,73 por concepto de capital e intereses derivados del .saldo de
asignación familiar
y
de los reintegros de la asignación familiar en los
beneficios sociales, devengados desde el 01 de febrero de 1999 hasta el 30
Representado por el Sindicato Unitario de Trabajadores de la Unidad Minera Doe Run Perú S.R.L. - Cobriza
División (en adelante, Sindicato de Trabajadores de Cobriza).
Mediante Resolución N" 4985-2010/CCO-INDECOPI del 14 de julio de 2010, la Comisión dedaró el inicio del
procedimiento concursal ordinario de Doe Run. El 16 de agosto de 2010, la Comisión publicó en el diario oficial·EI
Peruano· el aviso de difusión del iniciodel procedimiento conrursal ordinario de Doe Run. El 27 de agosto de 2014
la junta de acreedores de Doe Run decidió someter a Doe Run a un proceso de liquidación en marcha, yel24 de
septiembre de 2014 designó a Proflt Consultoría e Inversiones SACo como entidad liquidadora suscribiendo el
respectivo convenio de liquidación.
El 30 de octubre del 2015 la junta de acreedores de Doe Run designó a Dirección Integral yGestiónde Empresas
SACo - Dirige como nueva entidad rlQuidadorade la deudora, y se aprobó y suscribió el respectivo Convenio de
Liquidación. El 02 de marzo del 2016 la junta de acreedores de Doe Run decidió prorrogar por seis (06) meses
más el proceso de liquidación en marcha.
M-SCO-07/01
1/12
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE
LA
COMPETENCIA Y DE
LA
PROTECCIÓN DE
LA
PROPIEDAD INTELECTUAL
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Perú I Te/[.:
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