RESOLUCION JEFATURAL, Nº 001-004-00003766, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - Aprueban Directiva "Regulación del Cumplimiento de Obligaciones Tributarias y Presentación de solicitudes tramitadas ante la Gerencia de Servicios al Administrado y la Gerencia de Ejecución Coactiva"-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 001-004-00003766

EmisorMUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Fecha de la disposición26 de Julio de 2016
594603
NORMAS LEGALES
Martes 26 de julio de 2016
El Peruano
/
Corresponde al Servicio de Administración Tributaria
la actualización de los citados formularios y su publicación
oportuna en los portales electrónicos que se señala en el
siguiente artículo.
Artículo Quinto.- Publicación.
El texto de la presente ordenanza será publicada en el
Diario Ocial El Peruano. Adicionalmente, el Texto Único de
Procedimientos Administrativos del Servicio de Administración
Tributaria; así como los formularios a que se reere el Artículo
Cuarto de la presente ordenanza, serán publicados en el
portal institucional del Servicio de Administración Tributaria
(www.sat.gob.pe) y en el portal de Servicios al Ciudadano y
Empresas-PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe), en la
misma fecha de la publicación de la presente ordenanza en el
Diario Ocial El Peruano.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- Vigencia de la ordenanza.
La presente ordenanza entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación en el Diario Ocial El
Peruano.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
DEROGATORIA
Única.- Derogación.
Deróguese las Ordenanzas Nº 911, 1123 y demás
disposiciones que se opongan a lo establecido en la
presente ordenanza.
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima, 14 de julio de 2016
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
1408377-1
Ordenanza que modifica el Anexo de la
Ordenanza N° 274 que aprueba el arancel
de gastos y costas del procedimiento de
cobranza coactiva
ORDENANZA N° 1968
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14
de julio de 2016, el Dictamen Nº 87-2016-MML-CMAEO
de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y
Organización;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE MODIFICA EL ANEXO DE LA ORDENANZA
N° 274 QUE APRUEBA EL ARANCEL DE
GASTOS Y COSTAS DEL PROCEDIMIENTO DE
COBRANZA COACTIVA
Artículo Primero.- Incorporar al Anexo de Arancel de
Gastos y Costas del Procedimiento de Cobranza Coactiva
de la Ordenanza N° 274, los siguientes conceptos:
CONCEPTO S/
Servicio de guardianía en los depósitos municipales de
vehículos por día, por tipo de vehículo :
Vehículo menor
Vehículo mediano
Vehículo grande
9.20
16.30
50.80
CONCEPTO S/
Servicio de remolque (Grúa) : 136.20
Diligencia de Exhorto:
Evaluación del expediente 84.80
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Facultad reglamentaria
Facúltese al Servicio de Administración Tributaria para
que dicte las disposiciones necesarias a n de lograr una
adecuada aplicación de la presente ordenanza.
Segunda.- Vigencia de la ordenanza
La presente ordenanza entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación en el Diario Ocial El
Peruano.
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
Lima, 14 de julio de 2016.
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
1408377-2
Aprueban Directiva “Regulación del
Cumplimiento de Obligaciones Tributarias y
Presentación de solicitudes tramitadas ante
la Gerencia de Servicios al Administrado y la
Gerencia de Ejecución Coactiva”
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N.º 001-004-00003766
Lima, 19 de julio de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante Edicto N.º 225, se creó el Servicio de
Administración Tributaria - SAT, como organismo público
descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, con personería jurídica de derecho público interno y
con autonomía administrativa, económica, presupuestaria
y nanciera;
Que, mediante Acta de Conformidad de la Eliminación
de Procedimientos y Servicios del TUPA-SAT, de fecha 9
de febrero de 2015, suscrita por la Gerencia de Servicios al
Administrado, la Gerencia de Impugnaciones, la Gerencia
de Gestión de Cobranza, la Gerencia de Ejecución
Coactiva, la Gerencia de Finanzas, la Gerencia de
Fiscalización, la Ocina de Defensoría del Contribuyente
y del Administrado, la Ocina de Trámite Documentario, la
Ocina de Calidad de Datos, Escuela SAT y la Gerencia
Central de Administración de Recursos, se asintió la
eliminación del TUPA-SAT, de los procedimientos y
servicios prestados en exclusividad consistente en la
presentación de declaraciones juradas, liquidaciones de
pago, solicitudes de benecio tributario para pensionista,
solicitudes de suspensión, solicitudes de levantamiento
de medida cautelar y solicitudes de entrega de vehículos
internados en los depósitos vehiculares;
Que, la no inclusión de dicho tramites en el TUPA-
SAT, obedece a que los mismos no tienen la naturaleza
de procedimientos administrativos, de conformidad con
lo establecido por la Ley de Procedimiento Administrativo
General y a lo señalado en la página 9 de la Guía de
Simplicación Administrativa emitida por la Secretaría de
Gestión Pública de la PCM;
Que, sin embargo, en la medida que los trámites listados
son de suma importancia para el administrado, el hecho

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