DECRETO SUPREMO, Nº 010-2016-MINAM, PODER EJECUTIVO, AMBIENTE - Aprueban Plan de Acción Multisectorial para la implementación del Convenio de Minamata sobre el Mercurio-DECRETO SUPREMO-Nº 010-2016-MINAM

EmisorAMBIENTE
Fecha de la disposición23 de Julio de 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;

Que, según el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como a sus componentes asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país;

Que, los objetivos prioritarios de la Gestión Ambiental en el Perú como el prevenir, vigilar y evitar la degradación ambiental, deben ser alcanzados a través de los instrumentos de gestión ambiental que son medios operativos diseñados, normados y aplicados con carácter funcional o complementario, para efectivizar el cumplimiento de la Política Nacional del Ambiente y las normas ambientales que rigen en el país;

Que, mediante la Resolución Legislativa Nº 30352 del 27 de octubre de 2015, el Congreso de la República aprobó el Convenio de Minamata sobre el Mercurio, adoptado en la Conferencia de Plenipotenciarios de la Convención sobre el Mercurio, llevada a cabo del 7 al 11 de octubre de 2013 en la ciudad de Kumamoto, Japón y, firmado por el Perú el 10 de octubre de 2013. Este mismo instrumento fue ratificado por Decreto Supremo Nº 061-2015-RE, en noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 56 y 118 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647, Ley que establece las normas y regula los actos relativos al perfeccionamiento nacional de los tratados celebrados por el Estado Peruano;

Que, el objeto del citado Convenio es proteger la salud humana y el ambiente de las emisiones y liberaciones antropógenas de mercurio y compuestos de mercurio;

Que, conforme lo establecido en el numeral 1 del artículo 20 del Convenio de Minamata, cada Parte, después de efectuar una evaluación inicial, podrá elaborar y ejecutar un plan de aplicación, teniendo en...

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