DECRETO SUPREMO, Nº 027-2016-SA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Establecen medidas destinadas a promover la alimentación saludable en el marco de la Ley Nº 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes-DECRETO SUPREMO-Nº 027-2016-SA
Fecha de disposición | 23 Julio 2016 |
Fecha de publicación | 23 Julio 2016 |
Sección | Sección Única |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Décimo Quinta Política de Estado del Acuerdo Nacional, denominada Promoción de la Seguridad Alimentaria y Nutricional, dispone que el país se compromete a establecer una política de seguridad alimentaria que permita la disponibilidad y el acceso de la población a alimentos inocuos, suficientes y de calidad, para garantizar una vida activa y saludable dentro de una concepción de desarrollo humano integral;
Que, la Ley N° 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes, tiene como objeto la promoción y protección efectiva del derecho a la salud pública al crecimiento y desarrollo adecuado de las personas, a través de las acciones de educación, el fortalecimiento y fomento de la actividad física, la implementación de kioscos y comedores saludables, en las instituciones de educación básica regular y la supervisión de la publicidad y otras prácticas relacionadas con los alimentos, bebidas no alcohólicas dirigidas a niños, niñas y adolescentes para reducir y eliminar las enfermedades vinculadas con el sobrepeso, la obesidad y las enfermedades crónicas conocidas como no transmisibles;
Que, el artículo 3 de la precitada Ley define a la alimentación saludable como una alimentación variada, preferentemente en estado natural o con procesamiento mínimo, que aporta energía y todos los nutrientes esenciales que cada persona necesita para mantenerse sana, permitiéndole tener una mejor calidad de vida en todas las edades;
Que, asimismo la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley acotada estableció que los parámetros técnicos sobre los alimentos y las bebidas no alcohólicas referentes al alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas son elaborados por el Ministerio de Salud vía reglamento y estarán basados en el conjunto de recomendaciones emitidas por el organismo intergubernamental en salud: Organización Mundial de la Salud – Organización Panamericana de la Salud OMS – OPS;
Que, por Decreto Supremo N° 007-2015-SA se aprueba el Reglamento que establece los parámetros técnicos sobre los alimentos y bebidas no alcohólicas procesados referentes al...
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