ORDENANZA, Nº 220-2016/MVMT, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO - Aprueban el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Villa María del Triunfo-ORDENANZA-Nº 220-2016/MVMT

Fecha de disposición22 Julio 2016
Fecha de publicación22 Julio 2016
593965
NORMAS LEGALES
Viernes 22 de julio de 2016
El Peruano
/
ACUERDO:
Condecorar con la MEDALLA CÍVICA de la “ORDEN
SANTIAGO APÓSTOL” con ocasión de conmemorarse
el Centésimo Nonagésimo Quinto (195°) Aniversario de
nuestra Independencia, a la señora:
“SONALY TUESTA ALTAMIRANO”
Directora y conductora del programa “Costumbres”
desde hace más de 16 años, programa dedicado a
revalorar el arte y tradición de los pueblos de todas las
regiones del Perú, fue productora del programa general
para “Quitarse el Sombrero”. Su programa “Costumbres”,
es todo un símbolo a la perseverancia por promover la
capacidad creativa del peruano y su capacidad para dar
cariño.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
1407429-17
MUNICIPALIDAD DE VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
Aprueban el Plan de Desarrollo Local
Concertado - PDLC del distrito de Villa María
del Triunfo período 2017 - 2021
ORDENANZA Nº 219- 2016/MVMT
Villa María del Triunfo, 21 de julio del 2016
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
VISTO, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe
Nº 358-2016-GAJ-MVMT de la Gerencia de Asesoría
Jurídica, el Informe Nº 012-2016-CEPLAN-DNCP-RQC
del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico –
CEPLAN, el Escrito de fecha 13.07.2016 de la Comisión
de Planeamiento Estratégico para la aprobación del
Proyecto nal del Plan de Desarrollo Local Concertado –
PDLC 2017-2021 del distrito de Villa María del Triunfo, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Numeral 2 del artículo 195º de la Constitución
Política del Estado, dispone que es competencia de
las municipalidades aprobar el Plan de Desarrollo local
concertado con la sociedad civil;
Que, el literal “a” del artículo 73 de la Ley Orgánica de
Municipalidades establece que la Municipalidades tienen
competencia para planicar integralmente el desarrollo
local y el ordenamiento territorial;
Que, mediante Decreto Legislativo 1088, se crea el
Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, así como
el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico Nacional,
CEPLAN, como ente rector del sistema de planeamiento
estratégico;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-
PCM, se aprobó la Política de Modernización de la
Gestión Pública, reriéndose como primer pilar de la
gestión pública orientada a resultados al planeamiento
estratégico;
Que, mediante Resolución de Presidencia del Concejo
Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva
Nº 001-2014-CEPLAN, Directiva General del Proceso de
Planeamiento Estratégico que establece los principios,
normas, procedimientos, e instrumentos del proceso
de planeamiento estratégico en el marco del Sistema
Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN;
Que, por Decreto Supremo 400-2015-EF, se aprobaron
los procedimientos para el cumplimiento de metas y la
asignación de los recursos del Programa de Incentivos
a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016, y se
determina que la formulación del Plan de Desarrollo
Local Concertado constituye la Meta Nº 03 para las
municipalidades Tipo A, entre las que se encuentra la
Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo;
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 040-
2016/MVMT-AL, se resuelve dar inicio al Proceso de
Planeamiento Estratégico para la Formulación del Plan
de Desarrollo Local Concertado 2017 – 2021 del Distrito
de Villa María del Triunfo, disponiéndose la conformación
de la Comisión de Planeamiento Estratégico y del
Equipo Técnico de Planeamiento para su elaboración
participativa;
Que, con Informe Nº 012-2016-CEPLAN-DNCP-RQC,
la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento
Estratégico del CEPLAN emite el informe técnico
favorable respecto al proyecto de Plan de Desarrollo
Local Concertado;
Que con Informe Nº 358-2016-GAJ/MVMT, la Gerencia
de Asesoría Jurídica opina que el proyecto de Ordenanza
que aprueba el proyecto de Plan de Desarrollo Local
Concertado cumple con lo establecido en el ordenamiento
jurídico vigente;
De conformidad con lo previsto en los artículos 9º, 39º y
el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con
dispensa de la lectura y trámite de aprobación del acta y
comisiones la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE
DESARROLLO LOCAL – PDLC 2017-2021 DEL
DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
Artículo 1º.- APROBAR el Plan de Desarrollo Local
Concertado – PDLC del Distrito de Villa María del Triunfo
período 2017 – 2021, que como anexo forma parte
integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal
y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la
ejecución de acciones necesarias a n de garantizar su
cumplimiento.
Artículo 3º.- DISPONER la publicación del texto
aprobatorio de la presente Ordenanza en el diario ocial
El Peruano, y el Texto íntegro en la página web y en el
portal de transparencia de la Municipalidad.
Artículo 4º.- REMITIR a los actores participantes
del proceso de formulación del PDLC ocios indicando
el enlace web de la Municipalidad y del portal de
transparencia donde puedan descargar el PDLC.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS A. PALOMINO ARIAS
Alcalde
1407529-1
Aprueban el Plan de Manejo de Residuos
Sólidos del distrito de Villa María del Triunfo
ORDENANZA Nº 220-2016/MVMT
Villa María del Triunfo, 21 de julio del 2016
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO
VISTO, en Sesión Ordinario de Concejo de la
fecha, el Memorándum Nº 315-2016-GM/MVMT, de
la Gerencia Municipal, el Informe Nº 349-2016-GAJ/
MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe
Nº 039-2016-GSCGA-MVMT de la Gerencia de Servicios
a la Ciudadanía y Gestión Ambiental, el Informe Nº
189-2016-SGLPYM-GSCGA/MVMT de la Sub Gerencia
de Limpieza Pública y Maestranza, el Dictamen Nº
003-2016-MDVMT-CSCGASCYT de la Comisión de
Servicios a la Ciudadanía, Gestión Ambiental, Seguridad

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