ORDENANZA, Nº 479/MC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE COMAS - Aprueban el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Comas (PMRS) 2016-2022-ORDENANZA-Nº 479/MC

EmisorMUNICIPALIDAD DE COMAS
Fecha de la disposición22 de Julio de 2016
593936 NORMAS LEGALES Viernes 22 de julio de 2016 /
El Peruano
presente ordenanza, la misma que tiene las siguientes
funciones:
a. Programar las actividades de vigilancia sanitaria
de los servicios de transporte y comercialización de
alimentos agropecuarios primarios y piensos del distrito
para cumplimiento del plan operativo anual.
b. Inspeccionar los vehículos de transporte y
comerciantes de alimentos agropecuarios primarios
y piensos del distrito para garantizar las condiciones
sanitarias y su aptitud para el consumo humano
c. Sancionar a las personas naturales y jurídicas
proveedoras del transporte y comercio de alimentos
agropecuarios primarios y piensos del distrito que
incumplan la normatividad de Inocuidad Agroalimentaria
para proteger la vida y la salud de los consumidores.
d. Participar conjuntamente con la autoridad
competente en la toma y envío de muestras de alimentos
agropecuarios primarios y piensos para el cumplimiento
del plan anual de monitoreo de contaminantes.
e. Mantener actualizado trimestralmente el padrón
de vehículos y comerciantes de alimentos agropecuarios
primarios y piensos para cumplimiento de las normas de
acceso a la información y transparencia.
f. Recepcionar los reclamos de los usuarios de los
servicios de transporte y comercialización de alimentos
agropecuarios primarios y piensos para resolverlos y
brindar una mejor atención a la población.
g. Desarrollar programas de capacitación y difusión
para fortalecer los sistemas de vigilancia y control del
transporte y comercio local de alimentos agropecuarios
primarios y piensos del distrito, en coordinación con las
autoridades competentes para la mejora en la cadena de
suministro de estos alimentos y piensos; así como de los
consumidores locales.
h. Mantener información actualizada sobre inocuidad
agroalimentaria en sus portales institucionales y,
de ser posible, en algún otro medio de difusión y
divulgación; enfatizando en los servicios de transporte
y comercialización existentes en el distrito para
cumplimiento de las normas de acceso a la información
y transparencia.
i. Mantener comunicación estrecha con otras
autoridades y asociaciones de consumidores,
coordinando y ejerciendo actividades sobre los servicios
de transporte y comercio local de alimentos agropecuarios
primarios y piensos para la protección de la salud de los
consumidores.
j. Actualizar los procedimientos, directivas y manuales
relacionados a los servicios de transporte y comercio
de alimentos agropecuarios primarios y piensos en
coordinación con las autoridades competentes para
la mejora de procesos y una mejor atención a los
consumidores.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Asesoría legal y Secretaría General el
seguimiento a la modicación de los instrumentos
de gestión municipal (ROF, MPP, CAP, PAP y TUPA);
para el cumplimiento de lo dispuesto por la presente
Ordenanza.
Artículo Tercero.- IMPLEMENTAR un Libro para el
registro de las personas naturales o jurídicas prestadoras
de servicios de transporte y comercialización de alimentos
agropecuarios primarios y piensos dentro del ámbito del
distrito y su diseño debe de responder a las necesidades
de información y actualización para lo cual la municipalidad
estipulará los requerimientos pertinentes.
Artículo Cuarto.- DEJAR sin efecto cualquier
disposición municipal que se oponga a la presente
Ordenanza Municipal.
Artículo Quinto.- DISPENSAR del trámite de lectura
y aprobación del Acta para la inmediata publicación de la
presente Ordenanza.
Artículo Sexto.- DISPONER que la Gerencia de
Secretaria General y la Gerencia de Informática, Estadística
y Gobierno Electrónico, se hagan cargo de la publicación
de la presente Ordenanza Municipal, en el diario Ocial
El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad
Distrital de Comas: www.municomas.gob.pe.
Artículo Séptimo.- ESTABLECER que la presente
Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente
de su publicación.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI
Alcalde
1407438-1
Aprueban el Plan de Manejo de Residuos
Sólidos del Distrito de Comas (PMRS) 2016-
2022
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 479/MC
Comas, 15 de julio del 2016
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE COMAS
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el
Dictamen de la Comisión de Economía, Administración,
Finanzas, Planicación y Presupuesto que propone al
pleno del Concejo aprobar el proyecto de Ordenanza
referido al “Plan de Manejo de Residuos Sólidos del
Distrito de Comas (PMRS) 2016-2022 , hecho llegar con
el Informe Nº 104-2016/GSCGA-GM/MC de la Gerencia
de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental y el Informe
Nº 291-2016-GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoría
Jurídica, y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º
de la Constitución Política del Perú, modicado por
la Ley 30305 y el Artículo II del Título Preliminar de la
señala que las municipalidades gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, los numerales 3.1) y 3.2) del artículo 80º de
señalan como funciones especícas exclusivas de
las municipalidades distritales, proveer el servicio de
limpieza pública, determinando las áreas de acumulación
de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento
industrial de desperdicios; asimismo, regular y controlar
el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos
comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas,
playas y otros lugares públicos locales;
Que, mediante Ley Nº 27314, se aprobó la Ley
General de Residuos Sólidos y su modicatoria al
Decreto Legislativo Nº 1065, el mismo que en su artículo
10º preceptúa que Las Municipalidades Provinciales y
Distritales son responsables de la gestión de residuos
sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas
actividades que generen residuos similares a estos,
en todo ámbito de su jurisdicción, asegurando una
adecuada prestación del servicio de limpieza pública,
recolección y transporte de residuos en su producción,
debiendo garantizar la adecuada disposición nal de los
mismos;
Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos
Sólidos, aprobado mediante D.S. 057 -2004-PCM, precisa
en el artículo 23º que las Municipalidades Distritales
formulan sus planes sobre el Manejo de Residuos Sólidos,
con participación de la ciudadanía, en coordinación con
el Gobierno Regional, Autoridades de Salud Ambiental y
demás autoridades competentes previstas en la Ley;
Que, siendo que el Plan de Manejo de Residuos
Sólidos (PMRS) 2014-2016 para el Distrito de Comas
fue aprobado mediante Ordenanza Nº 415-MDC de
fecha 25 de Julio del 2014, y teniendo vigencia hasta
el presente año, se requiere la aprobación del nuevo

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