RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 153-2016-MIMP, PODER EJECUTIVO, MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES - Aprueban Directiva General "Normas para el Registro de Hogares de Refugio Temporal"-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 153-2016-MIMP

EmisorMUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Fecha de la disposición18 de Julio de 2016

Lima, 18 de julio de 2016

Vistos, el Informe Nº 014-2016-MIMP/DGCVG/DATPS-ALOS de la Dirección de Asistencia Técnica y Promoción de Servicios de la Dirección General contra la Violencia de Género, la Nota Nº 127-2016-MIMP/DGCVG de la Dirección General Contra la Violencia de Género, el Informe Nº 024-2016-MIMP/OGPP/OMI/SPGN de la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Nota Nº 112-2016-MIMP/OGPP-OMI de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

CONSIDERANDO:

Que, el Estado Peruano ha suscrito acuerdos y convenios internacionales, asumiendo, entre otros, el compromiso de realizar los esfuerzos necesarios para garantizar que las mujeres puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones, sin discriminación y libres de violencia;

Que, el literal d) del artículo 8 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer “Convención de Belem Do Pará”, aprobada por Resolución Legislativa Nº 26583, establece que los Estados Partes se comprometen a adoptar, en forma progresiva, medidas para suministrar los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia, por medio de entidades de los sectores público y privado, inclusive refugios, servicios de orientación para toda la familia, cuando sea el caso, y cuidado y custodia de los menores afectados;

Que, mediante Ley N° 28236, se crean los Hogares de Refugio Temporal a nivel nacional para las víctimas de violencia familiar que se encuentren en situación de abandono, riesgo o peligro inminente sobre su vida, salud física, mental o emocional a causa de la violencia familiar;

Que, la Segunda Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo N° 007-2005-MIMDES, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 28236, Ley que crea Hogares de Refugio Temporal para las Víctimas de Violencia Familiar, dispuso que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobará, a través de una Resolución Ministerial, las normas complementarias que fueran necesarias, entre ellas, la Directiva para el Registro de Hogares;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 119-2015-MIMP se aprobó la Directiva General Nº 004-2015-MIMP “Normas para el Registro de Hogares de Refugio Temporal”; que tiene por objeto normar el procedimiento de inscripción y renovación en el Registro de Hogares de Refugio Temporal;

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR