RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 150-2016-MIMP, PODER EJECUTIVO, MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES - Aprueban documentos denominados "Criterios de derivación a los Hogares de Refugio Temporal", "Lineamientos para la atención y funcionamiento de los Hogares de Refugio Temporal" y "Modelo de Reglamento Interno Básico de los Hogares de Refugio Temporal"-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 150-2016-MIMP

EmisorMUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Fecha de la disposición14 de Julio de 2016

Lima,14 de julio de 2016

Vistos, el Informe Nº 015-2016-MIMP/DGCVG/DATPS-AVSF de la Dirección de Asistencia Técnica y Promoción de Servicios de la Dirección General contra la Violencia de Género y la Nota Nº 106-2016-MIMP/DGCVG de la Dirección General Contra la Violencia de Género;

CONSIDERANDO:

Que, el Estado Peruano ha suscrito acuerdos y convenios internacionales, asumiendo, entre otros, el compromiso de realizar los esfuerzos necesarios para garantizar que las mujeres puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones, sin discriminación y libres de violencia;

Que, el literal d) del artículo 8 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer “Convención de Belem Do Pará”, aprobada por Resolución Legislativa Nº 26583, establece que los Estados Partes se comprometen a adoptar, en forma progresiva, medidas específicas para “suministrar los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia, por medio de entidades de los sectores público y privado, inclusive refugios, servicios de orientación para toda la familia, cuando sea del caso, y cuidado y custodia de los menores afectados”;

Que, mediante Ley N° 28236, se crean los Hogares de Refugio Temporal a nivel nacional para las víctimas de violencia familiar que se encuentren en situación de abandono, riesgo o peligro inminente sobre su vida, salud física, mental o emocional a causa de la violencia familiar;

Que, la Segunda Disposición Complementaria y Final del Reglamento de la Ley N° 28236, Ley que crea Hogares de Refugio Temporal para las Víctimas de Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2005-MIMDES, dispuso que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables apruebe, a través de una Resolución Ministerial, las normas complementarias que fueran necesarias, entre ellas, los criterios de derivación a los Hogares, los lineamientos para la atención y funcionamiento de los Hogares y el modelo de Reglamento Interno Básico de los Hogares;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 118-2015-MIMP se aprobaron los documentos denominados “Criterios de Derivación de los Hogares de Refugio Temporal”, “Lineamientos para la atención y funcionamiento de los Hogares de Refugio Temporal” y “Modelo de Reglamento Interno Básico de los Hogares de Refugio Temporal”;

Que, los documentos citados se aprobaron en el marco...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR