ORDENANZA, Nº 360-MDS, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO - Autorizan la realización de Matrimonio Civil Comunitario por aniversario del distrito-ORDENANZA-Nº 360-MDS

EmisorMUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Fecha de la disposición15 de Julio de 2016
593124 NORMAS LEGALES Viernes 15 de julio de 2016 /
El Peruano
Estando a lo expuesto y lo dispuesto en los artículos
20º, Inc. 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades,
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento
general de todos los inmuebles de la jurisdicción distrital
de San Martín de Porres, a partir del 15 y hasta el 31
de Julio del año en curso, con ocasión de celebrarse el
Centésimo Nonagésimo Quinto (195º) Aniversario de la
Proclamación de la Independencia del Perú.
Artículo Segundo.- DISPONER que todas las áreas
administrativas de la Entidad cumplan con la difusión
e implementación del presente Decreto, en lo que les
corresponda.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO
Alcalde
1404559-1
Prorrogan fecha de realización del Sorteo al
Vecino Puntual Sanmartiniano
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 009-2016/MDSMP
San Martín de Porres, 13 de julio de 2016
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE
PORRES
VISTO: El Memorándum Nº 858-2016-GM-MDSMP
de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 1115-2016-
GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el
Informe Nº 081-2016-GAT/MDSMP de la Gerencia de
Administración Tributaria y el Informe Nº 307-2016-SGRT-
GAT/MDSMP de la Sub Gerencia de Registro Tributario;
CONSIDERANDO:
Perú, modicado por la Ley Nº 28607 y Ley Nº 30305,
en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar
establece que los gobiernos locales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 408-MDSMP se aprobó
el Sorteo al Vecino Puntual Sanmartiniano, el cual tiene
por nalidad reconocer y premiar el pago oportuno del
Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio
2016, estableciéndose en su artículo 1º como fecha de
realización del sorteo el 15 de Julio del presente año;
Que, mediante Informe Nº 307-2016-SGRT-GAT/
MDSMP la Subgerencia de Registro Tributario señala
que es política de la actual administración reconocer
la responsabilidad y muestra de cultura tributaria
de aquellos vecinos que vienen cumpliendo sus
obligaciones tributarias puntualmente y de incentivar
dicho cumplimiento, fomentando de esta manera la
cultura tributaria, en ese sentido y teniendo en cuenta
la gran acogida de contribuyentes, considera necesario
otorgar un tratamiento especial para los vecinos que aún
vienen cumpliendo con sus obligaciones tributarias y se
prorrogue la fecha de realización del Sorteo al Vecino
Puntual Sanmartiniano para el 16 de setiembre de los
corrientes, opinión esta que es compartida por la Gerencia
de Administración Tributaria según se indica en el Informe
Nº 081-2016-GAT/MDSMP;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante
Informe Nº 1115-2016-GAJ/MDSMP teniendo en cuenta
lo anteriormente indicado señala que se cumple con los
requisitos de orden legal que hacen factible prorrogar
la fecha de realización del Sorteo al Vecino Puntual
Sanmartiniano para el 16 de setiembre de 2016;
Estando a lo expuesto y lo dispuesto en los artículos
20º, inciso 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades,
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR la fecha de
realización del Sorteo al Vecino Puntual Sanmartiniano al
16 de Setiembre del 2016;
Artículo Segundo.- AMPLIAR lo dispuesto en el
Artículo 2º de la Ordenanza 408-MDSMP, a efectos que
participen del sorteo, todas aquellas personas que hayan
cumplido con el pago del Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales del ejercicio corriente hasta el 31 de agosto
de 2016.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO
Alcalde
1404561-1
MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Autorizan la realización de Matrimonio Civil
Comunitario por aniversario del distrito
ORDENANZA Nº 360-MDS
Surquillo, 28 de Junio del 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SURQUILLO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria
de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
195º numerales 4) y 10) de la Constitución Política del
Perú modicada por las Leyes de Reforma Constitucional
y los artículos 248º y siguientes del Código Civil, en uso
de las atribuciones previstas en el numeral 3) del artículo
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta,
el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA REALIZACION DE MATRIMONIO
CIVIL COMUNITARIO POR 67° ANIVERSARIO DEL
DISTRITO DE SURQUILLO
Artículo 1º.- OBJETO DE LA DISPOSICIÓN:
Autorícese la realización de un Matrimonio Civil
Comunitario con ocasión de las celebraciones por el
Sexagésimo Sétimo Aniversario de Creación Política del
Distrito de Surquillo.
Artículo 2º.- REDUCCIÓN Y EXONERACIÓN DE
DERECHOS: Establecer en S/ 60.00 (Sesenta y 00/100
Soles) el pago por todo concepto que deberán abonar
las parejas contrayentes que cumplan con los requisitos
para participar en la ceremonia autorizada en el artículo
1º, dejándose en suspenso la tasa contenida en el Texto
Único de Procedimientos Administrativos -TUPA- para el
presente caso. Asimismo, las parejas contrayentes se
encuentran exoneradas del pago de las tarifas respectivas
por el otorgamiento de Certicado Médico Pre – Nupcial y
Consejería Preventiva.
Artículo 3º.- DISPENSA DE PUBLICACIÓN: De
conformidad con lo dispuesto en el Artículo 252° del
Código Civil, autorizar al Alcalde para que dispense
a los contrayentes de la publicación del aviso por
periódico del matrimonio civil a que alude el Artículo
250° del Código Civil, siempre que se presenten todos
los requisitos que exige el Artículo 248º del Código Civil,
así como los requisitos que el TUPA exige para dicho
n, correspondiendo en todo caso, a la Sub Gerencia

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