DECRETO DE ALCALDIA, Nº 016-2016-MVMT, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO - Aprueban el Reglamento de Funciones del Concejo Municpal Escolar del distrito de Villa María del Triunfo-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 016-2016-MVMT

Fecha de disposición30 Junio 2016
Fecha de publicación10 Julio 2016
SecciónSección Única

Villa María del Triunfo, 30 de junio del 2016

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

VISTO, el Memorándum Nº 287-2016-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 306-2016-MVMT-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 93-2016-GDSLCP/MVMT de la Gerencia de Desarrollo Social y Lucha Contra La Pobreza, el Informe Nº 481-2016-SGSPBS/GDSLCP/MVMT de la Sub Gerencia de Salud Pública y Bienestar Social; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del estado, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de Autonomía Política, Administrativa y Económica en los asuntos de su competencia y promueven la adecuada Prestación de Servicios Públicos, así como el Desarrollo Integral de su Jurisdicción;

Que, el segundo párrafo del artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que, la autonomía señalada en la Constitución para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer Actos de Gobierno, Administrativos y de Administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, sin embargo, no existe libertad absoluta para el ejercicio de dicha autonomía, porque tal y conforme se precisa en la Constitución Política del Perú y en la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey Nº 27972, la misma deber ser ejercida en asuntos de competencia municipal y dentro de los limites que señala la ley;

Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 82º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades en materia de educación, cultura y recreación tienen como competencia y funciones específicas compartidas con el Gobierno Nacional y Regional, el de promover el desarrollo sostenible en el nivel local, propiciando el desarrollo de comunidades educadores;

Que, de conformidad a lo dispuesto en los literales c) y d) del artículo 53º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, al estudiante le corresponde organizarse en municipios escolares y otras formas de organización estudiantil, a fin de ejercer sus derechos y participar responsablemente en la Institución Educativa y en la comunidad, inclusive emitiendo opinión sobre la calidad del servicio educativo que recibe, respectivamente;

Que, mediante las Resoluciones Viceministerial Nº 0019-2007-ED y Nº 0045-2011-ED, se aprobaron las “Normas y orientaciones para la Organización e Implementación de los Municipios Escolares”;

Que, con Resolución Viceministerial Nº 0067-2011-ED, se aprobó las “Normas y Orientaciones para la Organización, Implementación y Funcionamiento de los Municipios Escolares”;

Que, a través de la Ordenanza Nº 212-2016-MDVMT de fecha 26.02.2016, se crea el Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo, como órgano de coordinación de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, con el objeto de crear un espacio de participación de las niñas, niños y adolescentes escolares de la circunscripción distrital;

Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que los Decretos de Alcaldía establecen normas...

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