RESOLUCION, Nº 3716-2016, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Aprueban el Reglamento de Capitalización Inmobiliaria y Empresas de Capitalización Inmobiliaria, y modifican el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones y el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero-RESOLUCION-Nº 3716-2016

Fecha de publicación09 Julio 2016
Fecha de disposición09 Julio 2016
592528 NORMAS LEGALES Sábado 9 de julio de 2016 /
El Peruano
la apertura de su nueva agencia ubicada en el distrito de
San Isidro, en la cual vienen atendiendo a sus aliados
del departamento de Lima y el Callao; procederán con su
cierre;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión de Instituciones Previsionales, mediante
Informe Nº135 -2016-DSIP de fecha 27 de junio de
2016;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y
Seguros y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado
de la Ley del Sistema Privado de Administración de
Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo
Nº 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolución Nº
053-98-EF/SAFP y sus modificatorias, y la Resolución
SBS Nº 6752-2015;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a AFP Habitat el cierre
de su Agencia ubicada en el Edicio Centro Empresarial
Nuevo Trigal, tienda 101, primer y segundo piso, Torre
B, Calle Los Antares Nº 320, Urbanización La Alborada,
distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento
de Lima.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certicado
Nº HA-001 que autorizó a AFP Habitat el funcionamiento
de su Agencia ubicada en el Edicio Centro Empresarial
Nuevo Trigal, tienda 101, primer y segundo piso, Torre
B, Calle Los Antares Nº 320, Urbanización La Alborada,
distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento
de Lima.
Artículo Tercero.- AFP Habitat, a efecto del
cierre de la agencia que se autoriza por la presente
Resolución, deberá dar cumplimiento a lo establecido en
el artículo 14º del Título III del Compendio de Normas de
Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado
de Administración de Fondos de Pensiones, referido a
Gestión Empresarial, aprobado por Resolución Nº 053-
98-EF/SAFP.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MILAGROS RIVADENEYRA BACA
Intendente del Departamento de Supervisión
de Instituciones Previsionales (e)
1402010-1
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro
y Crédito Ica S.A. el traslado de agencia
ubicada en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 3632-2016
Lima, 28 de junio de 2016
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito Ica S.A. CMAC Ica S.A., para que se
le autorice el traslado de una Agencia ubicada en Calle
Progreso Nº 107, distrito de Aplao, provincia de Castilla y
departamento de Arequipa; y,
CONSIDERANDO:
Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar
la documentación correspondiente para el traslado de la
citada Agencia;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Micronanciera “A”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo
32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento
de apertura, conversión, traslado o cierre de ocinas y uso
de locales compartidos, aprobado mediante Resolución
SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas
mediante Resolución SBS Nº 12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito Ica S.A. el traslado de una Agencia
ubicada en Calle Progreso Nº 107, distrito de Aplao,
provincia de Castilla y departamento de Arequipa, al local
ubicado en el Centro Poblado Aplao, Mz. S1, Lote 04,
distrito de Aplao, provincia de Castilla y departamento de
Arequipa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES
Intendente General de Micronanzas
1401498-1
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y
Crédito Cusco S.A. la apertura de agencias
en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS N° 3633-2016
Lima, 28 de junio de 2016
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
VISTA:
Las solicitudes presentadas por la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito Cusco S.A. – CMAC Cusco S.A., para
que se le autorice la apertura de tres agencias ubicadas
en Mz. 1, Lt. 33 de la Urb. Canto Grande, en el distrito de
San Juan de Lurigancho; en Urb. El Paraíso del Puente
Huachipa Mz. A, Lt. 12, en el distrito de Ate; y en Mz. Z1
Lt. 21 del Pueblo Joven Enrique Montenegro, en el distrito
de San Juan de Lurigancho; las tres en la provincia y
departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar
la documentación correspondiente para la apertura de la
citada agencia;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Micronanciera “A”, y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo
30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica
de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el
Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre
de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros
automáticos y cajeros corresponsales, aprobado
mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de
las facultades delegadas mediante Resolución SBS N°
12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito Cusco S.A. la apertura de tres Agencias
ubicadas en Mz. 1, Lt. 33 de la Urb. Canto Grande,
en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y
departamento de Lima; en Urb. El Paraíso del Puente
Huachipa Mz. A, Lt. 12, en el distrito de Ate, provincia
y departamento de Lima; y en Mz. Z1 Lt. 21 del Pueblo
Joven Enrique Montenegro, en el distrito de San Juan de
Lurigancho, provincia y departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES
Intendente General de Micronanzas
1401750-1

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