RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 0286-2016-MINAGRI, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA Y RIEGO - Modifican R.M. Nº 0721-2015-MINAGRI en el extremo de la facultad para la aprobación del Manual Operativo del Proyecto "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa PTRT 3"-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 0286-2016-MINAGRI

EmisorAGRICULTURA Y RIEGO
Fecha de la disposición20 de Junio de 2016

Lima, 20 de junio de 2016

VISTO:

El Oficio N° 189-2016-MINAGRI-DVDIAR/UEGPS/DE del Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Gestión de Proyectos Sectoriales –UEGPS; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0721-2015-MINAGRI, de fecha 29 de diciembre de 2015, se aprobó la creación de la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP) y del Grupo de Trabajo denominado Comité de Gestión del Proyecto “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa – PTRT3”, asignándole a este último las funciones señaladas en el numeral 19 del rubro 4.9 del Informe N° 063-2014-EF/63.01 de la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, que declaró VIABLE el estudio de factibilidad del Proyecto de Inversión Pública “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú”, Tercera Etapa – PTRT3”, con Código SNIP N° 26756, entre ellas, la de revisar y sugerir la aprobación del Manual de Operaciones del Proyecto (MOP) y sus modificatorias;

Que, el artículo 7 de la citada Resolución Ministerial estableció que el Manual Operativo del Proyecto, elaborado y propuesto por el Comité de Gestión del Proyecto, será remitido por el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Gestión de Proyectos Sectoriales – UEGPS al Despacho Ministerial para su aprobación, dado el nivel de las instancias que participarán en los procedimientos a establecerse en el referido Manual;

Que, sin embargo, mediante el documento del Visto, el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Gestión de Proyectos Sectoriales –UEGPS, señala que por su naturaleza y alcances el Manual Operativo del Proyecto (MOP) es un documento dinámico que constantemente puede ser modificado y/o reformulado en su contenido conforme a las necesidades del Proyecto, por lo que, no habiéndose establecido expresamente en el Contrato de Préstamo N° 3370/OC-PE y Anexos, que este deba ser aprobado por el Despacho Ministerial de este Ministerio, el Director Ejecutivo de la UEGPS, solicita la modificación del artículo 7 de la Resolución Ministerial N° 0721-2015-MINAGRI, en el extremo referido a la aprobación del Manual Operativo del Proyecto (MOP), proponiéndose que en adelante se encuentre a cargo de su Dirección Ejecutiva, en el marco de las facultades conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 0521-2015-MINAGRI;

Que, en tal sentido, y considerando que la...

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