RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 200-2016-P-CSJV/PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de funciones en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, con motivo de licencia de magistrados por capacitación oficial mediante la Res. Adm. Nº 197-2016-P-CSJV/PJ-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 200-2016-P-CSJV/PJ

EmisorCORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Fecha de la disposición 9 de Junio de 2016
589442 NORMAS LEGALES Lunes 13 de junio de 2016 /
El Peruano
del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el “Plan Anual de
Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial -
2016”, que en anexo adjunto forma parte integrante de la
presente resolución.
Artículo Segundo. Dejar sin efecto la Resolución
Administrativa N° 248-2014-CE-PJ, del 16 de junio de
2014.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación en el Portal
Institucional del Poder Judicial la presente resolución
administrativa y el documento aprobado, para su debido
cumplimiento.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Ocina de Control de la
Magistratura, Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
del Poder Judicial, Cortes Superiores del país; y a la
Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento
y nes consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
VÍCTOR TICONA POSTIGO
Presidente
1391418-2
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Dictan disposiciones para garantizar
el normal desarrollo de funciones en
diversos órganos jurisdiccionales de la
Corte Superior de Justicia de Ventanilla,
con motivo de licencia de magistrados por
capacitación oicial mediante la Res. Adm.
N° 1972016PCSJV/PJ
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA
PRESIDENCIA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 199-2016-P-CSJV/PJ
Ventanilla, 8 de junio de 2016.
VISTOS:
La Resolución Administrativa N°197-2016-P-CSJV/
PJ; y
CONSIDERANDO:
Primero: En atención a la resolución de fecha 26 de
mayo último, emitida por el Señor Presidente del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial, se expidió la Resolución
Administrativa N°197-2016-P-CSJV/PJ mediante la cual
se concede licencia con goce de haber por capacitación
ocial, por el período del 13 al 17 de junio del presente
año, a los señores jueces superiores Olga Lidia Inga
Michue y Alfredo Miraval Flores, integrantes de la Primera
Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla; asimismo, a
las señoras doctoras Ana Mirella Vásquez Bustamante
y Gloria Elizabeth Calderón Paredes, integrantes de
la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla.
Igualmente, a los señores jueces Iván Alberto Velasco
López, Juez del Primer Juzgado de la Investigación
Preparatorio de Proceso Inmediato para delitos de
Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción
en Estado de Ebriedad o Drogadicción; Walter David
Gómez Ampudia, Juez del Primer Juzgado Unipersonal
de Proceso Inmediato para delitos de Flagrancia, Omisión
a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de
Ebriedad o Drogadicción; Rosaura Cristina Romero
Posada, Juez del Primer Juzgado Penal Liquidador; y
Carlos Rodríguez Rosales, Juez del Primer Juzgado de
Paz Letrado de Ventanilla.
Segundo: Conforme a lo previsto por el artículo 90°
numeral 4) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior debe
cautelar la pronta administración de justicia, así como el
cumplimiento de las obligaciones de los magistrados del
Distrito Judicial.
Tercero: Bajo el contexto descrito, si bien mediante
Resolución Administrativa N°197-2016-P-CSJV-PJ, esta
Presidencia concedió licencia por capacitación ocial a
los señores magistrados antes mencionados, también lo
es que ello no puede signicar la interrupción o quiebre de
juicio oral o de audiencia alguna de los procesos judiciales
que estuvieren tramitando, frente a lo cual debe priorizarse
su función como magistrados, esto es, su actuación
conforme a ley en el desarrollo de las diligencias antes
acotadas, bajo responsabilidad; debiendo comunicar
a esta Presidencia sobre el cumplimiento de esta
disposición.
Cuarto: Por consiguiente, corresponde integrar a la
Resolución Administrativa N°197-2016-P-CSJV-PJ, la
decisión adoptada en la presente resolución.
Por tanto, en uso de la facultad conferida por el
artículo antes acotado, del Texto Único Ordenado de la
SE RESUELVE:
Artículo Primero: DISPONER que los señores
magistrados a quienes se le ha concedido licencia por
capacitación ocial mediante Resolución Administrativa
N°197-2016-P-CSJV/PJ, harán uso de la misma, siempre
y cuando ello no implique la interrupción o quiebre de juicio
oral o de audiencia alguna de los procesos judiciales que
estuvieren tramitando, frente a lo cual deberán priorizar
su función como magistrados, esto es, su actuación
conforme a ley en el desarrollo de las diligencias antes
acotadas, bajo responsabilidad; debiendo comunicar
a esta Presidencia sobre el cumplimiento de esta
disposición.
Artículo Segundo: DISPONER que la decisión
adoptada en la presente resolución, forma parte de la
Resolución Administrativa N°197-2016-P-CSJV-PJ de
fecha 7 de junio de 2016.
Artículo Tercero: COMUNICAR la presente
Resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
Presidencia del Poder Judicial, Ocina de Control de
la Magistratura, Gerencia de Recursos Humanos y
Bienestar del Poder Judicial, Ocina Desconcentrada de
Control de la Magistratura de Ventanilla, Presidencia de
la Junta de Fiscales Superiores de Ventanilla, Ocina de
Administración Distrital, Ocina de Personal de la Corte
Superior de Justicia de Ventanilla, de los magistrados
interesados y de la Administración del órganos
jurisdiccionales de la especialidad penal, para los nes
pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA
Presidenta
Corte Superior de Justicia de Ventanilla
1391466-1
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA
PRESIDENCIA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 200-2016-P-CSJV/PJ
Ventanilla, 9 de junio de 2016.
VISTOS:
La resolución de fecha 26 de mayo último, emitida
por el Señor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder

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