RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 394-2016 MTC/01.02, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Aprueban para el período julio de 2016 hasta junio de 2017, el Formato y las Especificaciones Técnicas del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT y el Formato y las Especificaciones Técnicas del Holograma de Seguridad a ser utilizado en el anverso del Certificado del Seguro Obligatorio de Tránsito - SOAT-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 394-2016 MTC/01.02

Fecha de disposición09 Junio 2016
Fecha de publicación13 Junio 2016
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Lima, 9 de junio de 2016

VISTOS:

El Informe Nº 440-2016-MTC/15.01 de la Dirección de Regulación y Normatividad, remitido con el Memorándum Nº 1491-2016-MTC/15 de la Dirección General de Transporte Terrestre; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2002-MTC, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, en adelante “Reglamento”, el cual establece las disposiciones relacionadas con la determinación de la responsabilidad civil derivada de accidentes de tránsito terrestre; así como, el régimen y características del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, en el marco de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre;

Que, el artículo 21 del Reglamento, establece que la contratación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito debe constar en un certificado, cuyo formato y contenido será aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 314-2015-MTC/02 se aprobó el Formato y las Especificaciones Técnicas del Certificado y del Holograma de Seguridad del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito para el período comprendido entre el 1 de julio de 2015 y el 30 de junio de 2016;

Que, conforme a lo dispuesto en el Reglamento, la Dirección General de Transporte Terrestre en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones han evaluado el formato y el contenido de los instrumentos señalados precedentemente, para el período comprendido desde el 1 de julio de 2016 hasta el 30 de junio de 2017, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente, así como el otorgamiento de los mecanismos de seguridad necesarios para evitar su adulteración;

Que, en tal sentido, de acuerdo a lo opinado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante el Oficio Nº 20688-2016-SBS, y por la Dirección de Regulación y Normatividad de la Dirección General de Transporte Terrestre, mediante el Informe Nº 440-2016-MTC/15.01; resulta necesario aprobar el nuevo Formato y Especificaciones...

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