RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 120-2016-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Designan representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 120-2016-PCM

EmisorPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Fecha de la disposición10 de Junio de 2016
589259
NORMAS LEGALES
Sábado 11 de junio de 2016
El Peruano
/
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO
DE MINISTROS
Autorizan viaje de Coordinadora General
y Asesor de la Comisión de Alto Nivel
Anticorrupción a Francia, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 114-2016-PCM
Lima, 10 de junio de 2016
VISTO: El Ocio OF.RE (DAE) N°1-0-A/5 del
Coordinador de la Secretaría Técnica de la Comisión
Multisectorial de la Organización para la Cooperación
y el Desarrollo Económicos (OCDE) del Ministerio de
Relaciones Exteriores; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el documento del visto, el
Coordinador de la Secretaría Técnica de la Comisión
Multisectorial de la Organización para la Cooperación
y el Desarrollo Económicos (OCDE) del Ministerio
de Relaciones Exteriores informa de la Segunda
Reunión del “Grupo de Trabajo sobre Cohecho en
las Transacciones Comerciales Internacionales”
(Working Group on Bribery in International Business
Transactions) de la Organización para la Cooperación
y el Desarrollo Económicos (OCDE), a realizarse en la
ciudad de París, República Francesa, del 13 al 17 de
junio de 2016;
Que, el Perú ha expresado al más alto nivel su
voluntad política de ser miembro de la OCDE y de
adherirse a la Convención para Combatir el Cohecho
de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones
Comerciales Internacionales de la OCDE y en ese
marco, nuestro país detentó el estatus de país
participante en el Grupo de Trabajo sobre Cohecho
en Transacciones Comerciales Internacionales de
la referida organización, y actualmente tiene la
condición de país invitado. Asimismo, el Ministerio
de Relaciones Exteriores resalta la importancia que
la reunión del mencionado Grupo de Trabajo cuente
con la presencia de funcionarios de la Comisión de
Alto Nivel Anticorrupción a efectos de participar en las
evaluaciones y discusiones que en dicho foro se realizan
sobre el avance en la lucha contra la corrupción;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 086-
2015-PCM declara de interés nacional las acciones,
actividades e iniciativas en el marco del proceso
de vinculación del Perú con la Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) e
Implementación del Programa País; declaratoria que
comprende la participación del Estado peruano en las
actividades previstas en el Acuerdo y Memorando de
Entendimiento suscritos entre la OCDE y el Gobierno
del Perú el 8 de diciembre de 2014, así como todas las
demás actividades relacionadas con la organización,
promoción, impulso y apoyo al referido proceso;
Que, la Segunda Reunión del “Grupo de Trabajo
sobre Cohecho en las Transacciones Comerciales
Internacionales” tiene vinculación con las funciones de la
Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, como es realizar
el seguimiento y supervisión del cumplimiento del Plan
Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012 – 2016, el cual
establece como uno de sus objetivos el posicionamiento
del Perú en espacios internacionales de lucha contra la
corrupción, y a su vez como estrategia de fortalecer el
rol articulador y coordinador de la Comisión de Alto Nivel
Anticorrupción para la implementación de los diferentes
instrumentos internacionales de lucha contra la corrupción;
Que, por las consideraciones expuestas, resulta de
interés nacional, la participación de la señora Rosmary
Marcela Cornejo Valdivia y del señor José Luis Medina
Frisancho, Coordinadora General y Asesor de la Comisión
de Alto Nivel Anticorrupción (CAN), respectivamente,
adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, toda
vez que en la reunión antes mencionada se evaluará la
solicitud del Perú para adherirse a la Convención para
combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros
en transacciones comerciales internacionales de la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económicos (OCDE), y su ingreso como miembro pleno
del Grupo de Trabajo sobre Cohecho en Transacciones
Comerciales Internacionales; siendo que los gastos por
concepto de pasajes aéreos y viáticos en los que incurran
los citados participante serán cubiertos con cargo al
presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo
de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley
N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27619, Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de los servidores
y funcionarios públicos y las normas reglamentarias
sobre autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo
047-2002-PCM, y sus normas modicatorias;
y el Reglamento de Organización y Funciones de
la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado
por Decreto Supremo 063-2007-PCM, y sus
modicatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Rosmary
Marcela Cornejo Valdivia, Coordinadora General de
la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción – CAN, de la
Presidencia del Consejo de Ministros, y del señor José
Luis Medina Frisancho, Asesor de la Comisión de Alto
Nivel Anticorrupción, a la ciudad de París, República
Francesa, del 12 al 18 de junio de 2016, para los nes
expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución Suprema son con cargo
al presupuesto institucional de la Presidencia del
Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombre y
Apellidos
Pasajes
US$
Viáticos
por día
US$
Número
de días
Total de
viáticos
US$
Total
US$
Rosmary Marcela
Cornejo Valdivia 2,046.82 540.00 5 2,700.00 4,746.82
José Luis Medina
Frisancho 2,046.82 540.00 5 2,700.00 4,746.82
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, las personas cuyo viaje
se autoriza, deben presentar ante el Titular de la Entidad
un informe detallado describiendo las acciones realizadas,
los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los
viáticos entregados.
Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución
Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación
de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o
denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
1391743-4

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