RESOLUCION, Nº 0480-2016/SBN-DGPE-SDAPE, ORGANISMOS EJECUTORES, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES - Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de Ancash e Ica-RESOLUCION-Nº 0480-2016/SBN-DGPE-SDAPE

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Fecha de la disposición25 de Mayo de 2016

San Isidro, 25 de mayo de 2016

Visto el Expediente N° 1334-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 64 351,77 m² ubicado al Este de la Urbanización Progreso Nery, en la margen derecha de la carretera PE-1N (tramo Barranca-Casma), altura del kilómetro 295, distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 64 351,77 m² ubicado al Este de la Urbanización Progreso Nery, en la margen derecha de la carretera PE-1N (tramo Barranca-Casma), altura del kilómetro 295, distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, que se encontraría sin inscripción registral;

Que, efectuada la consulta catastral, la Zona Registral N° VII – Sede Huaraz remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 26 de enero de 2016 elaborado en base al Informe Técnico N° 0040-2016-Z.R.N°VII/OC-OR-CASMA-R de fecha 14 de enero de 2016 (folio 20) donde señala que el predio no se superpone con predios inscritos;

Que, realizada la inspección...

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