DECRETO SUPREMO, Nº 005-2016-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Modificación del Anexo A: Subvenciones a Personas Jurídicas de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016-DECRETO SUPREMO-Nº 005-2016-MINEDU

EmisorEDUCACION
Fecha de la disposición31 de Mayo de 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, modificado por la Ley N° 29544, el Instituto Peruano del Deporte (IPD), en coordinación con los organismos del Sistema Deportivo Nacional (SISDEN), formula e imparte la política del deporte en general y, por ende, de cada uno de sus componentes. Organiza, planifica, promueve, coordina, evalúa y fiscaliza en el ámbito nacional el desarrollo del deporte, la recreación y la educación física en todas sus disciplinas, modalidades, niveles y categorías, como componentes del deporte en general;

Que, dentro de este rol promotor y en el marco de lo dispuesto en el artículo 60 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el Instituto Peruano del Deporte - IPD anualmente otorga recursos destinados al apoyo del deporte afiliado, los cuales son entregados mediante subvenciones a las Federaciones Deportivas Nacionales, con el objeto de financiar las actividades referidas a la contratación de entrenadores, capacitación, participación de delegaciones deportivas y organización de eventos nacionales e internacionales, entre otros rubros;

Que, la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; establece que, en el presente Año Fiscal, previa evaluación y priorización por el IPD, se puede modificar el Anexo A de la citada Ley en cuanto a las subvenciones otorgadas a favor de Federaciones Deportivas Nacionales y Comité Olímpico Peruano señaladas en dicho Anexo, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Educación, el cual se publica en los portales electrónicos institucionales del IPD y del Ministerio de Educación, dentro de los tres (03) días hábiles contados a partir de la publicación oficial del citado Decreto Supremo en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, mediante Oficio N° 235-2016-IPD-P e Informes Nºs 417-2016-IPD/CMT/DINADAF, 434-2016-IPD/CMT/DINADAF, 001-2016-IPD/DINADAF, 127-2016-IPD-OAJ y 022-2016-OPP/IPD, el IPD señala haber evaluado y priorizado las subvenciones a otorgarse durante el año fiscal 2016, las mismas que están contenidas en el Anexo A de la Ley de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR