DECRETO SUPREMO, Nº 003-2016-MINAM, PODER EJECUTIVO, AMBIENTE - Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENHAMI-DECRETO SUPREMO-Nº 003-2016-MINAM
Fecha de disposición | 25 Mayo 2016 |
Fecha de publicación | 25 Mayo 2016 |
587916 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de mayo de 2016 /
El Peruano
siendo que los gastos por concepto de viáticos en los
que incurran los funcionarios citados, serán cubiertos con
cargo al presupuesto institucional de DEVIDA;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30372,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2016; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionarios púbicos, y modicatorias;
el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las
normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, y modicatorias; y el
Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia
del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 063-2007-PCM, y modicatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Luis
Alberto Otárola Peñaranda, Presidente Ejecutivo; Jesús
Germán Vera Esquivel, Director (e) de Compromiso Global;
Carlos Antonio Figueroa Henostroza, Asesor del Gabinete
de Asesores y de la señora Ana Isabel Pari Morales,
Subdirectora de Control de la Oferta de la Dirección de
Asuntos Técnicos, funcionarios de la Comisión Nacional
para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, a la ciudad
de Copacabana, Estado Plurinacional de Bolivia, del 25 al
27 de mayo de 2016; para los nes expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución Suprema, se efectúan con cargo
a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, del
pliego de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida
sin Drogas - DEVIDA, de acuerdo al siguiente detalle:
Luis Alberto Otárola Peñaranda
Viáticos (x 2 días) : US $ 740.00
Jesús Germán Vera Esquivel
Viáticos (x 2 días) : US $ 740.00
Carlos Antonio Figueroa Henostroza
Viáticos (x 2 días) : US $ 740.00
Ana Isabel Pari Morales
Viáticos (x 2 días) : US $ 740.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios antes
mencionados deben presentar ante el Consejo Directivo
de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin
Drogas - DEVIDA un informe detallado describiendo
las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la
rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución
Suprema no da derecho a exoneración o liberación de
impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
1384340-2
AMBIENTE
Aprueban Reglamento de Organización
y Funciones (ROF) del Servicio Nacional
de Meteorología e Hidrología del Perú -
SENAMHI
DECRETO SUPREMO
N° 003-2016-MINAM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 24031, se aprueba la Ley
del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología –
SENAMHI, estableciendo que este es un Organismo
Público Descentralizado del Sector Aeronáutica, con
personería jurídica de derecho público interno y autonomía
técnica, administrativa y económica, dentro de los límites
del ordenamiento legal del Sector Público;
Que, de acuerdo a la precitada Ley N° 24031,
el SENAMHI tiene por nalidad planicar, organizar,
coordinar, normar, dirigir y supervisar las actividades
meteorológicas, hidrológicas y conexas, mediante la
investigación cientíca, la realización de estudios y
proyectos y la prestación de servicios en materias de su
competencia;
Que, mediante Decreto Supremo N° 026-2006-DE-
SG, se modica la estructura orgánica del Servicio
Nacional de Meteorología e Hidrología – SENAMHI en
cuanto a su nivel máximo de decisión;
Que, a través de la Resolución Jefatural N° 0111/
SENAMHI-JSS-ORA/2002, se aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones – ROF del SENAMHI;
Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de
Modernización de la Gestión del Estado y normas
complementarias, se declara al Estado Peruano
en proceso de modernización en sus diferentes
instancias, dependencias, entidades, organizaciones
y procedimientos, con la nalidad de mejorar la gestión
pública y construir un Estado democrático, descentralizado
y al servicio del ciudadano, para cuyo efecto la norma
establece las principales acciones y los criterios de diseño
y estructura de la Administración Pública;
Que la Primera Disposición Complementaria Final
del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación,
Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente,
dispone la adscripción del Servicio Nacional de
Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI, como
organismo público ejecutor del Ministerio del Ambiente;
Que, de acuerdo a los Lineamientos para la
elaboración y aprobación del Reglamento de Organización
y Funciones - ROF por parte de las entidades de la
Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo
N° 043-2006-PCM, el Reglamento de Organización y
Funciones (ROF) es el documento técnico normativo de
gestión institucional que formaliza la estructura orgánica
de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro
de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones
generales de la Entidad y las funciones especícas de los
órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones
y responsabilidades;
Que, en dicho contexto, resulta necesario adecuar el
Reglamento de Organización y Funciones del Servicio
Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú –
SENAMHI a la normativa vigente, tales como la Ley N°
29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto
Legislativo N° 1013 – Ley de Creación Organización, y
Funciones del Ministerio del Ambiente; así como para
optimizar los procesos de la entidad con la nalidad de
cumplir con mayor eciencia su misión y funciones;
Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión
Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros; y,
En uso de la facultad conferida por el numeral 8) del
artículo 118 de la Constitución Política del Perú, y de
conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N°
1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del
Ministerio del Ambiente; y el Decreto Supremo Nº 043-
2006-PCM;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación del ROF del SENAMHI
Apruébase el Reglamento de Organización y
Funciones (ROF) del Servicio Nacional de Meteorología
e Hidrología del Perú – SENAMHI, el mismo que consta
de cuatro (04) Títulos, setenta y ocho (78) Artículos, una
(01) Disposición Complementaria Final y del Organigrama
del SENAMHI, que forma parte del presente Decreto
Supremo.
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