LEY, Nº 30436, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que declara de necesidad pública la construcción de la obra municipal denominada Nuevo y Moderno Mercado Modelo de Chiclayo, así como la expropiación de inmuebles para la ejecución de la obra-LEY-Nº 30436

EmisorCONGRESO DE LA REPUBLICA
Fecha de la disposición24 de Mayo de 2016

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

Artículo 1 Objeto de la Ley

Declárase de necesidad pública la expropiación de 36 inmuebles ubicados en el interior del Mercado Modelo de Chiclayo, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, para la ejecución de la obra denominada Nuevo y Moderno Mercado Modelo de Chiclayo.

Artículo 2 Justificación de la expropiación

2.1 La expropiación se encuentra plenamente justificada en la necesidad de coadyuvar al desarrollo económico y social de toda la población de la provincia de Chiclayo, mejorando la calidad de los servicios públicos que presta el principal centro de abastos de esta ciudad, garantizando la seguridad, salubridad y orden a toda la ciudadanía.

2.2 El terreno a expropiar tendrá como único objetivo la edificación del Nuevo y Moderno Mercado Modelo de Chiclayo y los comerciantes y expropiados que actualmente desarrollan sus actividades en el Mercado de Chiclayo tendrán prioridad en la adjudicación de los puestos del nuevo mercado.

Artículo 3 Sujeto activo de la expropiación

La Municipalidad Provincial de Chiclayo es el sujeto activo de la expropiación materia de la presente Ley, facultándosele para que inicie los trámites correspondientes a los procesos de expropiación, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura.

Artículo 4 Bienes inmuebles a expropiar

4.1 Los inmuebles a expropiarse para los fines de la presente Ley son los siguientes:

  1. Propietarios: Job Vásquez Figueroa y Alipio Vásquez Hoyos

Sección S-10 1 Tienda Nº 01 Block I Mz. A calle Juan Cuglievan -...

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