RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 239-2016-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Delegan en el Procurador Público la facultad de participar en proceso de conciliación extrajudicial entre el Ministerio de Educación y las empresas SEDAPAL y la Positiva Seguro y Reaseguros S.A.-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 239-2016-MINEDU

EmisorEDUCACION
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2016

Lima, 13 de mayo de 2016

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 2 del artículo 23 del Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, establece que los Procuradores Públicos podrán conciliar conforme a los requisitos y procedimientos dispuestos por el reglamento; y que para dichos efectos será necesaria la expedición de la resolución autoritativa del titular de la entidad, para lo cual el Procurador Público deberá emitir un informe precisando los motivos de la solicitud;

Que, el último párrafo del artículo 38 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1068, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS, modificado por la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30137, establece que el Titular de la Entidad, o la persona a quien delegue de forma expresa y por resolución, cuenta con facultades suficientes para participar en procedimientos de conciliación extrajudicial y suscribir los respectivos acuerdos, dentro de los límites establecidos por el presente artículo; pudiéndose delegar esta facultad en el Procurador Público de la Entidad;

Que, mediante escrito s/n del 05 de febrero de 2016, el Ministerio de Educación solicitó al Centro de Conciliación Extrajudicial Gandhi, cite y notifique a una audiencia de conciliación a las empresas: Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL y la Positiva Seguro y Reaseguros S.A., a fin que cumplan con su responsabilidad civil extracontractual y solidariamente indemnicen a la Entidad por el monto de S/ 2 060 756,44 (Dos millones sesenta mil setecientos cincuenta y seis y 44/100 Soles) más los intereses legales, por los daños ocasionados a la infraestructura de la Institución Educativa Nº 6020 “Micaela Bastidas” ubicada en la Urbanización Inca Pachacutec en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia de Lima, como consecuencia de la rotura de una tubería matriz de agua potable de propiedad de SEDAPAL, la cual afectó directamente las edificaciones 16, 17 y 18;

Que, al momento de ocurrir el siniestro la empresa SEDAPAL, se encontraba asegurada en la empresa Positiva Seguros y Reaseguros S.A., bajo la Póliza de Responsabilidad Civil Nº 220003369 – LA POSITIVA;

Que, mediante el Oficio Nº 4856-2016-MINEDU/PP y el Informe Nº 004-2016-MINEDU/CELU, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR