Sentencia nº 280-2016/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 5 de Abril de 2016

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2016
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente000033-2010/CCO-INDECOPI-01-2349
Presidencia
del Consejo de Ministros
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
YDE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada
en
Procedimientos Concursa/es
RESOLUCIÓN N" 0280-2016ISCO-INDECOPI
EXPEDIENTE N" 33-2010ICCO-INDECOP/-01-2349
PROCEDENCIA COMISiÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DE LA SEDE CENTRAL DEL INDECOPI
DOE RUN PERÚ S.R.L. EN LIQUIDACiÓN
ALFREDO HÉCTOR CANCHAN RODRíGUEZ
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS LABORALES
FUNDICiÓN DE METALES NO FERROSOS
DEUDOR
ACREEDOR
MATERIA
ACTIVIDAD
SUMILLA:
se
REVOCA la Resolución N° 3947-2015/CCO-INDECOPI del 20 de
mayo de 2015, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de
reconocimiento de créditos presentada por el señor Alfredo Héctor Canchan
Rodríguez frente
a
Doe Run Perú S.R.L. en Liquidación, derivados del saldo
de asignación familiar,
y
de los reintegros de la asignación familiar en las
gratificaciones, la compensación por tiempo de servicios
y
el descanso
vacacional devengados desde el 01 de septiembre de
1999
hasta el
31
de
T
I
agosto de 2007;
y,
reformándola,
se
ADMITE A TRAMITE la referida solicitud
y,
en consecuencia,
se
DISPONE que la Comisión de Procedimientos
Concursa les de la Sede Central del Indecopi emita un pronunciamiento al
respecto, teniendo en cuenta los criterios expuestos en la presente
resolución.
Lima, 05 de abril de 2016
1. ANTECEDENTES
1. Por escrito del 12 de enero de 2015, el señor Alfredo Héctor Canchan
Rodríguez' (en adelante, el solicitante) invocó ante la Comisión de
Procedimientos Concursales de la Sede Central dellndecopi (en adelante, la
Comisión) el reconocimiento de créditos de origen laboral frente a Doe Run
Perú S.R.L. en Liquidación' (en adelante, Doe Run), ascendentes a
SI 6 260,81 por concepto de capital e intereses derivados del saldo de
Representado por el Sindicato Unitario de Trabajadores de la Unidad Minera Doe Run Perú S.R.L. - Cobriza
División. ( en adelante Sindicato de Trabajadores de Cobriza).
Mediante Resolución N" 4985-2010/CCO-INDECOPI del 14 de julio de 2010, la Comisión declaró el inicio del
procedimiento concursal ordinario de Doe Run. EI16 de agosto de 2010, la Comisión publicó en el diario oficial"EI
Peruano" el aviso de difusión del inicio del procedimiento concursal ordinario de Doe Run.
El 27 de agosto de 2014, la junta de acreedores de Doe Run decidió someter a Doe Run a un proceso de
liquidación en marcha
y
el 24 de septiembre de 2014, designó a Profit Consultoría e Inversiones S.A.C. como
entidad liquidadora suscribiendo el respectivo convenio de liquidación.
El 30 de octubre del 2015, la junta de acreedores de Doe Run, designó a Dirección Integral
y
Gestión de Empresas
SACo - Dirige como nueva entidad liquidadora de la deudora
y
se aprobó
y
suscribió el respectivo Convenio de
Liquidación.
El 02 de marzo del 2016, la junta de acreedores de Doe Run, decidió prorrogar por seis (06) meses más el proceso
de liquidación en marcha a cargo de la entidad liquidadora Dirección Integral
y
Gestión de Empresas S.A.C. -
Dirige, período que se computará desde el27 de febrero de 2016, hasta el28 de agosto del mismo año.
M-SCO-07/01
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41 -
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224
7800
e-mail: postmaster@indecopi.gob.pe / Web: www.illdecopi.gob.pe

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