RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 1946-2016-MTC/15, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Autorizan ampliación de local ubicado en el deparamento de San Martín a Vehículos de Peruanos E.I.R.L., autorizada como Escuela de Conductores Integrales-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 1946-2016-MTC/15
Emisor | TRANSPORTES Y COMUNICACIONES |
Fecha de la disposición | 22 de Abril de 2016 |
Lima, 22 de abril de 2016
VISTOS:
El Expediente 2015-082555 y los Partes Diarios Nºs. 165853, 177452 y 189389, presentados por la empresa denominada VEHICULOS DE PERUANOS E.I.R.L. y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 2052-2015-MTC/15 de fecha 14 de mayo de 2015, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 07 de junio de 2015, se autorizó a la empresa denominada VEHÍCULOS DE PERUANOS E.I.R.L., con RUC Nº 20559852865 y domicilio ubicado en el Lote 04 Mz. Z1, Habilitación Urbana Las Casuarinas, 2da. Etapa, Sector 72, Distrito de Nuevo Chimbote, Provincia de Santa y Departamento de Ancash, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 3727-2015-MTC/15 de fecha 20 de agosto de 2015, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 09 de setiembre de 2015, se rectificó el error material contenido en la parte de vistos, el primer y décimo cuarto considerando, así como en los artículos: primero, segundo y tercero de la parte resolutiva de la Resolución Directoral Nº 2052-2015-MTC/15, en el extremo de la denominación de la empresa que obtuvo la autorización para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, el cual deberá quedar redactado de la siguiente manera: “VEHÍCULOS DE PERUANOS E.I.R.L”; además se autorizó a la Escuela para impartir los cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoría I, en el local, en el horario, con los instructores y con los vehículos autorizados mediante Resolución Directoral Nº 2052-2015-MTC/15;
Que, mediante Parte Diario Nº 165853 de fecha 24 de setiembre de 2015, la Escuela solicita ampliación de local en la ciudad de Tarapoto;
Que, mediante Oficio Nº 5932-2015-MTC/15.03 de fecha 30 de setiembre de 2015, notificado el 30 de setiembre del mismo año, esta administración formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles;
Que, mediante Parte Diario Nº 177452 de fecha 14 de octubre de 2015, La Empresa presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones señaladas en el oficio antes mencionado;
Que, mediante Oficio Nº 7377-2015-MTC/15.03 de fecha 27 de octubre de 2015, notificado el mismo día, como consecuencia de la promulgación del Decreto Supremo Nº 009-2015-MTC, que incorpora el literal n) al artículo 51 al Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, esta administración formuló observación a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la presentación de la Conformidad de...
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