ORDENANZA, Nº 011-2016-MDCLR, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO - Crean el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor en la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua - Reynoso-ORDENANZA-Nº 011-2016-MDCLR

EmisorMUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO
Fecha de la disposición15 de Abril de 2016

Carmen de la Legua Reynoso, 15 de abril del 2016

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO

POR CUANTO:

Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 07 celebrada en la fecha el Proveído Nº 930-2016 de la Gerencia Municipal de fecha 13-04-2016, quien remite a Secretaría General el Informe Nº 100-2016-GAJ/MDCLR de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorando Nº 206-2016-GDH-MDCLR, de la Gerencia de Desarrollo Humano, Informe Nº 023-2016-SGBS/GDH/MDCLR de la Sub. Gerencia de Bienestar Social y el Proyecto de Ordenanza que propone la creación del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor -CIAM, de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua – Reynoso.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, el artículo 7º de la pre citada Constitución, señala que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad.

Que, asimismo, la referida Constitución en su artículo 4º precisa que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono.

Que, el numeral 1.2 del artículo 84º en concordancia con el numeral 2.4. del mismo artículo 84º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; establece como funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales y distritales, organizar, administrar y ejecutar los programas sociales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de...

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