Sentencia nº 97-2016/SDC de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 19 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2016
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente216-2014/CCD
TRIBUN AL DE DEFENSA D E LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDA D INTELECTUA L
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0097-2016/SDC-INDECOPI
EXPEDIENTE 216-2014/CCD
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA COMPETENCIA
DESLEAL N° 1
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO INICIADO DE OFICIO
DENUNCIADA : ACADEMIA PRE-UNIVERSITARIA PRE CADETE
PEDRO PAULET
1
MATERIAS : ACTOS DE ENGAÑO
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
MEDIDA CORRECTIVA
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE ENSEÑANZA
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 039-2015/CD1-INDECOPI del 1 de
julio de 2015, en el extremo que halló responsable a Ia Academia
Pre-Universitaria Pre Cadete Pedro Paulet por la comisión de actos de
competencia desleal en la modalidad de engaño, supuesto de infracción
previsto en el artículo 8.1 del Decreto Legislativo 1044 - Ley de Represión de la
Competencia Desleal. Ello, debido a que ha difundido publicidad que contiene
la afirmación “(...) La Academia Pre-Cadete PEDRO PAULET, cuenta con la
participación de profesores, asesores, Oficiales y Técnicos de las Fuerzas
Armadas y Policiales (...)”, lo cual carecería de veracidad, toda vez que no se
ha logrado acreditar que dicha entidad educativa contara con la participación
de oficiales y técnicos de las Fuerzas Armadas.
Asimismo, se MODIFICA la Resolución 039-2015/CD1-INDECOPI del 1 de julio
de 2015, en el extremo que sancionó a la Academia Pre-Universitaria Pre
Cadete Pedro Paulet con una multa de seis (6) Unidades Impositivas
Tributarias por la difusión del anuncio “(...) La Academia Pre-Cadete PEDRO
PAULET, cuenta con la participación de profesores, asesores, Oficiales y
Técnicos de las Fuerzas Armadas y Policiales (...)”; y, reformándola, se le
impone una sanción de dos (2) Unidades Impositivas Tributarias por la
difusión de dicho anuncio, teniendo en cuenta que solo un extremo de la
afirmación consignada en dicha publicidad no ha logrado ser acreditada.
Además, se consideró el alcance y la afectación generada tanto a los
consumidores como a los competidores con la publicidad infractora.
Finalmente, se CONFIRMA la medida correctiva ordenada a Academia
Pre-Universitaria Pre Cadete Pedro Paulet en la Resolución
039-2015/CD1-INDECOPI del 1 de julio de 2015, la cual dispone el cese
definitivo e inmediato de la difusión del anuncio infractor, en tanto de a
entender a los consumidores que la academia cuenta con la participación de
Oficiales y Técnicos de las Fuerzas Armadas, en la medida que no sea cierto.
1 Empresa identif icada con Registro Único de Contribuyentes (R.U.C.): 20302811360.
M-SDC-02/1A
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TRIBUN AL DE DEFENSA D E LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDA D INTELECTUA L
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0097-2016/SDC-INDECOPI
EXPEDIENTE 216-2014/CCD
SANCIÓN: DOS (2) Unidades Impositivas Tributarias.
Lima, 19 de febrero de 2016
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución s/n del 10 de setiembre de 2014, la Secretaría Técnica
de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal N°1 (en adelante,
la Comisión), imputó a Academia Pre-Universitaria Pedro Paulet E.I.R.L. la
presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de
engaño, contemplado en el artículo 8.1 del Decreto Legislativo 1044 - Ley de
Represión de la Competencia Desleal (en adelante Ley de Represión de la
Competencia Desleal) ,por la difusión de un díptico publicitario que contenía la
2
siguiente información: “(...) La Academia Pre-Cadete PEDRO PAULET,
cuenta con la participación de profesores, asesores, Oficiales y Técnicos de
las Fuerzas Armadas y policiales (...)”
2. El 19 de noviembre de 2014, Academia Pre-Universitaria Pedro Paulet E.I.R.L.
señaló que la publicidad materia de imputación no corresponde a su
institución, sino a la Academia Pre-Universitaria Pre Cadete Pedro Paulet.
3. Mediante Resolución s/n del 21 de enero de 2015, la Comisión integró al
presente procedimiento a la Academia Pre-Universitaria Pre Cadete Pedro
Paulet, a razón de lo señalado en el escrito del 19 de noviembre de 2014,
emplazándola y notificándole los actuados. En consecuencia, imputó a dicha
empresa la difusión de publicidad conteniendo la siguiente información:“(...) La
Academia Pre-Cadete PEDRO PAULET, cuenta con la participación de
profesores, asesores, Oficial es y Técni cos de las Fuerzas Armadas y
policial es (...)”.
4. El 16 de febrero de 2015, Academia Pre-Universitaria Pre Cadete Pedro
Paulet presentó sus descargos manifestando lo siguiente:
2 DECRETO LEGISLATIVO 1044. L EY DE REPRESIÓN DE LA COM PETENCIA DESLEAL
Artíc ulo 8.- Acto s de e ngaño
8.1. Consis ten en la realización de ac tos que tengan como efec to, real o potencial, inducir a err or a otros agentes
en el mercado sobre la naturaleza, modo de f abricación o distr ibución, c aracterísticas, aptitud para el us o,
calidad, cantidad, pr ecio, c ondiciones de v enta o adqu isición y , en gener al, sob re los atributos , benefic ios, o
condiciones que cor responden a los bienes, servic ios, e stablecimientos o transac ciones que el agente
económico que des arrolla tales actos pone a dis posición en el mercado; o induc ir a error sobr e los atributos que
posee dicho agente, incluido todo aquello que representa su actividad empresarial.
(...)
M-SDC-02/1A
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