Sentencia nº 85-2015/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 10 de Febrero de 2015

Fecha de Resolución10 de Febrero de 2015
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente155-2014/CEB
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0085-2015/SDC-INDECOPI
EXPEDIENTE 000155-2014/CEB
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PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : AUGUSTO NÚÑEZ AGUILAR
DENUNCIADA : MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
MATERIA : BARRERAS BUROCRÁTICAS
IMPROCEDENCIA
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0298-2014/CEB-INDECOPI del 11 de
julio de 2014, a través de cual la Comisión de Eliminación de Barreras
Burocráticas declaró improcedente la denuncia presentada por el señor
Augusto Núñez Aguilar por la presunta imposición de una barrera
burocrática ilegal y/o carente de razonabilidad consistente en la restricción
de circulación de vehículos que presten el servicios de transporte de carga
y/o mercancías de alimentos perecibles, en determinadas zonas del distrito
de La Victoria y Cercado de Lima, materializada en el artículo 1 de la
Resolución de Subgerencia 1923-2014-MML/GTU-SIT.
La razón es que el denunciante no acreditó una afectación a su acceso o
permanencia dentro del mercado de acuerdo a los términos establecidos en
el en el artículo 23 del Decreto Legislativo 1033, Ley de Organización y
Funciones del INDECOPI concordado con el artículo 26BIS del Decreto Ley
25868; ello toda vez que de la revisión de la Resolución de Subgerencia
1923-2014-MML/GTU-SIT, se aprecia que esta tenía únicamente una vigencia
de 60 días hábiles, contados desde el 15 de febrero de 2014 (fecha de su
publicación) por lo que al momento de interposición de la denuncia, el 9 de
mayo de 2014, dicha restricción ya no se encontraba vigente.
Lima, 10 de febrero de 2015
I. ANTECEDENTES
1. El 9 de mayo de 2014, el señor Augusto Núñez Aguilar (en adelante, el
denunciante) denunció a la Municipalidad Metropolitana de Lima (en
adelante, la MML) ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
(en adelante, la Comisión) por la presunta imposición de una barrera
burocrática ilegal y/o carente de razonabilidad, consistente en la restricción
de circulación de vehículos que presten el servicios de transporte de carga
y/o mercancías de alimentos perecibles en determinadas zonas del distrito de
La Victoria y Cercado de Lima, materializada en el artículo 1 de la Resolución
de Subgerencia 1923-2014-MML/GTU-SIT.
2. Al respecto, el denunciante señaló lo siguiente:

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