Sentencia nº 153-2015/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 12 de Enero de 2015

Fecha de Resolución12 de Enero de 2015
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente556434-2013/DSD

Sala Especializada en Propiedad Intelectual

RESOLUCIÓN N° 0153-2015/TPI-INDECOPI

EXPEDIENTE N° 556434-2013/DSD

SOLICITANTE : IB WEDDING & EVENT PLANNER S.A.C.

Apelación de suspensión: Carece de objeto

Lima, doce de enero de dos mil quince.

  1. ANTECEDENTES

    Con fecha 29 de noviembre de 2013, IB Wedding & Event Planner S.A.C. (Perú) solicitó el registro multiclase de la marca de producto y/o servicio CUENTO DE HADAS WEDDING & EVENT PLANNERS, para distinguir:

    - Clase 35: Gestión comercial y planificación con fines comerciales de eventos sociales, culturales y educativos.

    - Clase 41: Planificación de eventos con fines sociales, culturales y educativos.

    Mediante Resolución N° 12687-2014/DSD-INDECOPI de fecha 17 de julio de 2014, la Dirección de Signos Distintivos suspendió la tramitación del presente procedimiento hasta que se resuelva, de manera definitiva en la vía administrativa el Expediente N° 548428-2013, referido a la solicitud de registro de la marca HADAS en la clase 41 de la Nomenclatura Oficial.

    Con fecha 7 de agosto de 2014, IB Wedding & Event Planner S.A.C. interpuso recurso de apelación manifestando que no existe una razón válida para suspender el presente procedimiento, debido a que el signo solicitado se encuentra constituida por una frase que no guarda relación con el único elemento que conforma el signo solicitado con anterioridad HADAS (Expediente N° 548423-2013).

  2. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN

    La Sala Especializada en Propiedad Intelectual deberá determinar si corresponde pronunciarse sobre los argumentos expuestos por IB Wedding & Event Planner S.A.C. en su recurso de apelación.

    Sala Especializada en Propiedad Intelectual

    RESOLUCIÓN N° 0153-2015/TPI-INDECOPI

    EXPEDIENTE N° 556434-2013/DSD

  3. ANÁLISIS DE LA CUESTIÓN EN DISCUSIÓN

    1. Informe de antecedentes

      Con fecha 27 de septiembre de 2013, bajo Expediente N° 548428-2013, administradora Jockey Plaza Shopping Center S.A. (Perú) solicitó el registro de la marca de servicio HADAS, para distinguir actividades culturales, esparcimiento, de la clase 41 de la Nomenclatura Oficial.

      Con fechas 29 y 18 de noviembre de 2013, Lourdes Cristina Benavente Pinedo y Mandragora Perú S.A.C., presentaron oposición a dicha solicitud.

      Mediante Resolución N° 3071-2014/CSD-INDECOPI de fecha 16 de octubre de 2014, la Comisión de Signos Distintivos declaró infundadas las oposiciones presentadas por Lourdes Cristina Benavente Pinedo y Mandragora Perú S.A.C., y otorgó el registro de la marca de servicio HADAS. La citada Resolución ha sido declarada consentida, mediante proveído de fecha 31 de diciembre de 2014.

    2. Procedencia de la interposición del recurso de apelación

      El artículo 132 del Decreto Legislativo 1075 señala que el recurso de apelación procede únicamente contra la resolución que pone fin a la instancia expedida por las Direcciones competentes.

      De otro lado, el artículo 206 de la Ley 274441 señala que “sólo son impugnables los actos definitivos que ponen fin a la instancia y los actos de...

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